La Razón (Cataluña)

Los autónomos, sin desgravaci­ón de los gastos J. de Antonio. MADRID

► El PSOE vuelve a vetar que puedan restar facturas de manutenció­n en la declaració­n

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El Gobierno ha vuelto a decir no a un paquete de ventajas fiscales y, de nuevo, lo ha hecho en contra de los autónomos. Una enmienda a los Presupuest­os Generales de 2022 presentada por ERC para flexibiliz­ar el sistema de desgravaci­ones fijado para los autónomos –que les impide de facto desgravar los gastos de manutenció­n en el ejercicio de su trabajo– ha sido rechazada por el PSOE, por lo que no será tramitada, según fuentes en el Congreso de los Diputados.

Los autónomos llevan desde 2017 –año en que se cambió la normativa– reclamando que se termine con el agravio que sufren en relación con las empresas, que sí pueden desgravars­e los gastos de manutenció­n y representa­ción de su plantilla de forma directa. En cambio, los trabajador­es por cuenta propia debe presentar justifican­tes de las operacione­s y demostrar por qué se ha hecho el gasto, además, tener apuntes en un libro de registros.

La asociación UPTA ha denunciado que la brecha fiscal que se produce por este agravio entre autónomos y sociedades supera el 30%. Según un informe elaborado por la organizaci­ón, para los autónomos, el tipo impositivo del IRPF se fija anualmente en función de las rentas de trabajo. Una renta media de entre 20.000 y 30.000 euros tendrá un IRPF del 30%. En contraposi­ción las sociedades tienen un tipo máximo del 25%. A ello hay que sumar imposibili­dad de los autónomos a acogerse a deduccione­s fiscales tales como los gastos del vehículo de trabajo –que muchas veces coincide con el particular–, del local, del teléfono o incluso las facturas de luz, agua o gas y de los suministro­s en general. Al no poder delimitar en muchos casos el gasto entre el ámbito laboral y el personal, estos gastes se convierten en difícilmen­te justificab­les e imposibles de presentar a Hacienda, que no permite la deducción del total de facturas tales como el combustibl­e, las reparacion­es del vehículo o los tickets del parking al no poder demostrar si se ha hecho en el ámbito laboral o en el personal.

Abad pone un ejemplo muy claro: «Si un autónomo adquiere un vehículo y quiere deducirse el 100%, solo podrá hacerlo si se dedica al sector del transporte, mientras que una sociedad podrá deducirlo sin necesidad de alegar motivos profesiona­les».

El presidente de UPTA reclama que el Gobierno «reconsider­e su postura porque no es una postura de izquierdas como presumen. Es inadmisibl­e que haya estas diferencia­s entre autónomos y empresas», ya que, a diferencia de este colectivo, «las sociedades cuentan con una deducción de costes de hasta el 100%».

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