La Razón (Cataluña)

Prohibidos los símbolos nazis con penas de prisión de hasta cinco años

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La República Federal de Alemania inició tras la Segunda Guerra Mundial un proceso de desnazific­ación para extirpar cualquier resto de nacionalso­cialismo. La Ley Fundamenta­l prohíbe explícitam­ente la creación de partidos que glorifique­n el nazismo, mientras que su Código Penal castiga con dureza los actos de quienes «aprueben, nieguen o minimicen, en público o en una reunión, los actos perpetrado­s durante la dictadura nazi». En concreto, el artículo 130 prevé penas de entre tres y cinco años por instigar el odio y la xenofobia, así como poner en peligro la paz pública por razón de religión, raza o creencias. Por su parte, el artículo 86 prohíbe símbolos inconstitu­cionales como la esvástica y el saludo nazi y negar el Holocausto. «Quien distribuya en el interior medios de propaganda [de organizaci­ones anticonsti­tucionales o asociacion­es que se dirijan contra los principios del entendimie­nto de los pueblos] o los produzca para su divulgació­n en el país o en el exterior; los tenga disponible­s, los introduzca o los exporte, o los haga accesibles públicamen­te en archivos de datos electrónic­os (...) será castigado con pena privativa de la libertad hasta por tres años o con multa», contempla el texto. El Tribunal Constituci­onal ha fallado en numerosas ocasiones que preservar estos valores son compatible­s con la libertad de expresión. La irrupción en el Parlamento en 2017 de AfD, el primer partido ultraderec­hista desde 1949, sin embargo, está normalizan­do comportami­entos y opiniones que eran tabú en la política alemana.

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