El ocio nocturno recurre al TSJC para poder reabrir el 31 R.B.
Los sectores afectados claman contra el toque de queda impuesto por la Generalitat
Esgrimen también los «gravísimos daños y perjuicios» que pueden ocasionar los botellones
El sector del ocio nocturno y de la restauración han recurrido este lunes ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) las nuevas restricciones del Govern, a pocos días de nochevieja, alegando los «gravísimos daños y perjuicios» que pueden ocasionar, la proliferación de los botellones y la falta de competencias de la Generalitat.
Las entidades representativas del sector presentaron ayer un recurso contencioso-administrativo contra las nuevas restricciones aplicadas por la Generalitat, como el toque de queda, el cierre de discotecas o la limitación de aforo en el interior de la restauración, en el que piden al alto tribunal catalán la adopción de medidas cuatelarísimas para revocarlas, cuando faltan pocos días para las celebraciones de fin de año y a fin de «salvar la Nochevieja».
En su recurso, el Gremio de Restauración de Barcelona, la Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon), la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm), la Asociación de Salas de Conciertos de Cataluña (Asacc) y el Gremio de Empresarios de Discotecas de Barcelona y Provincia esgrimen la «infracción continuada de normas constitucionales» por parte del Gobierno y, por extensión, de la Generalitat.
El ocio nocturno y la restauración sostienen en el recurso que el Govern carece «absolutamente de competencias» para aplicar restricciones como el toque de queda que, subrayan, son competencia «exclusiva» del Ejecutivo.
Por ello, consideran que la resolución de la Generalitat que han recurrido este lunes ante el alto tribunal catalán está «afectada de inconstitucionalidad» y de «nulidad de pleno derecho», y hablan en este sentido de «fraude de ley».
El sector argumenta además para pedir esta revocación de las restricciones de la Generalitat los «gravísimos daños y perjuicios que se pueden ocasionar a los establecimientos de ocio nocturno y restauración» en Cataluña.