Los nuevos contratos no se aplicarán hasta marzo
► El Consejo de Ministros da luz verde a la reforma laboral, pero con una «vacatio legis» para adaptar las contrataciones temporales
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al real decreto ley de la reforma laboral pactada con patronal y sindicatos y que da tres meses de plazo para adaptar los contratos temporales vigentes al nuevo marco. La norma será publicada hoy en el BOE y entrará en vigor de inmediato, pero con una excepción, una «vacatio legis» de tres meses para dar un tiempo a las empresas a que adapten a los contratos temporales vigentes.
El resto de normativa de la reforma sí será oficial desde hoy, por lo que cambiarán varios aspectos del Estatuto de los Trabajadores, como la contratación y la negociación colectiva, pero no todos. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, insistió varias veces durante la rueda de prensa posterior al Consejo que la reforma resultante «no es un retoque» de la reforma laboral de 2012 –pese a que desde la CEOE se ha defendido que mantiene «el esqueleto principal» de la legislación de entonces– porque esta reforma pasa página a la precariedad en España». Díaz destacó que esta reforma otorga «un marco laboral que va a cambiar la vida de la gente en nuestro país» e hizo hincapié en que esta reforma laboral «es la primera en más de 40 años que recupera derechos en lugar de recortarlos». Por ello, la vicepresidenta, que ha agradecido a los agentes sociales su trabajo a lo largo de estos meses para conseguir esta reforma, insistió en que «hoy (por ayer) no es un día cualquiera», cualquiera», sino «uno de los días más importantes del Gobierno de España y de esta legislatura».
Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno, Nadia Calviño, en otras declaraciones, confió en que no se cambie «sustancialmente» en el trámite parlamentario. Sin embargo, los empresarios ya han advertido que si se cambia «una coma» del acuerdo firmado se habrá «roto el diáEl logo social» y no se volverán a sentar en la mesa de negociación. «Ya lo hemos advertido, el diálogo social quedaría roto por nuestra parte si hay cambios en el texto», explicaron a LA RAZÓN fuentes de la patronal.
Lo que está claro es que el texto no es una derogación normativa, sino que activa una serie de cambios destinado, fundamentalmente, a reducir la temporalidad. Así, la norma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que sólo podrán hacerse contratos temporales con causas muy específicas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo. El primero sólo podrá concertarse por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda, por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce si así lo establece el convenio colectivo sectorial de turno. Esta causa podrá emplearse en situaciones previsibles, como las campañas de Navidad o agrícolas, por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos.
Los sectores que estacionalmente recurren a contratos temporales tendrán que utilizar a partir de la entrada en vigor de la nueva regulación de contratos el fijo discontinuo, que dará lugar a los mismos derechos que el resto de indefinidos, incluyendo la indemnización por despido, superior a la de los contratos temporales. Asimismo, la norma reducirá a 18 meses en un periodo de 24 meses el plazo de encadenamiento de contratos para adquirir la condición de trabajador indefinido, frente a los 24 meses en un periodo de 30 meses vigente actualmente. El incumplimiento de las normas que regulan la contratación temporal llevará a que el trabajador sea considerado indefinido y a que vea incrementadas las sanciones a un máximo de 10.000 euros por cada contrato irregular.