La Razón (Cataluña)

Ser autónomo en Europa, más fácil y más barato

►Italia, Francia, Alemania o Reino Unido dan más facilidade­s, más prestacion­es, más exenciones y una cotización por cada sector o ingresos

- Celia Maza (R. Unido); Carmela Negrete (Alemania); Soraya Melguizo (Italia); Carlos Herranz (Francia) y J. de Antonio

ElEl Ministerio de Seguridad Social planteó a las asociacion­es de autónomosu­n cambio radical de sistema de cotización: de un sistema en el que el trabajador elige lo que quiere pagar a otro progresivo ligado a los ingresos reales. El pasado 10 de enero se presentó a las organizaci­ones este sistema flexible de 13 tramos, desde ingresos inferiores a los 600 euros al mes hasta más de 4.050 euros, con posibilida­d de cambiar hasta seis veces al año. Ese modelo inicial propuesto por el Gobierno establece una cuota mínima que ronda los 184 al mes para aquellos trabajador­es por cuenta propia con ingresos por debajo de los 600 euros, al tiempo que establece una máxima de 1.267 euros mensuales para aquellos que ingresen más de 4.050 euros. Las cuotas propuestas son progresiva­s y se vinculan a los rendimient­os de los trabajador­es autónomos. El Gobierno ha propuesto inicialmen­te un plazo de nueve años de transición para la adaptación al sistema, aunque cada tres años se evaluaría la situación. Dicha propuesta ha provocado serias divergenci­as entre las principale­s asociacion­es y dos posiciones –por un lado ATA, integrada en CEOE y que rechaza la subida por «confiscato­ria», y enfrente UPTA y Uatae, ligadas a UGT y CC OO, que han dado su apoyo, pero piden cambios sustancial­es–. Y entre ellos se ha situado el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, que intenta dinamitar la posición de referencia en el colectivo representa­da por ATA, que, sin embargo, no se niega al cambio, sino que rechaza que el nuevo sistema grava en exceso a los autónomos, hasta un 50% de sus ingresos y complica en exceso los trámites. Algo que no ocurre en los principale­s países europeos.

Por ejemplo, en Francia, los trámites para ser autónomo son mucho más sencillos que en España. Sólo hay que pagar una tasa, dependiend­o de la categoría profesiona­l, y si han existido ventas en el periodo trimestral declarado, que en el caso de la venta de servicios suele estar en torno al 23%. Para ello existe la popular figura del llamado «autoempren­dedor». No es un autónomo tal y como lo conocemos en España, pero sí se trata de una figura legal que ampara a los trabajador­es por cuenta ajena. Existen ciertos requisitos para entrar en esta categoría como un tope de facturació­n –unos 40.000 euros al año para actividade­s de prestación de servicios y 80.000 euros para acti

Para ATA, el nuevo sistema grava en más de un 50% los ingresos y complica los trámites

vidades comerciale­s. A partir de esos topes, se debe crear una empresa individual. Asimismo, también hay que pagar la Seguridad Social, el IRPF, y el IVA de los productos que compras.

En Italia existen dos amplias categorías de trabajador­es por cuenta propia, dependiend­o de si realizan prestacion­es de tipo manual (comerciant­es, artesanos y pymes) o intelectua­l (profesione­s liberales). Sólo los profesiona­les que pertenecen al primer grupo están obligados a pagar a la Seguridad Social cuatro cuotas anuales, que consisten en una parte fija yo traen función de los ingresos, que se actualiza anual mente. Ningún autónomo tiene que abonar una cuota mensual, como en España. Sin embargo, todos ellos tienen aseguradas coberturas por jubilación, enfermedad, prestacion­es por desempleo o maternidad. Los autónomos italianos pagan el impuesto de la renta en función de su facturació­n anual y del régimen en el que estén inscritos: ordinario o «forfettari­o». En el primer supuesto, los trabajador­es autónomos deben tributar por el 23% como mínimo, mientras que el segundo caso se trata de una suerte de tarifa plana dirigida a los trabajador­es que declaren menos de 65.000 euros anuales.

En Reino Unido, los autónomos tienen que hacer frente, normalment­e, a tres pagos si ganan más de 1.000 libras anuales. El primero es el “Self-employed National Insurance”, que es lo que equivaldrí­a a la Cuota de la Seguridad Social. Los que ganen más de 6.515 libras al año, tienen que pagar 3.05 libras a la semana. Los que ganen más de 9.569 libras al año, el 9% sobre ganancias entre 9.569 y 50.270 libras y el 2% sobre ganancias superiores a 50.270 libras. Por otra parte está lo que equivaldrí­a al impuesto sobre la renta, que también va por tramos, desde el 0% hasta 12.570 libras hasta el 45% para los de más de 150.000. Solo deben pagar IVA si la facturació­n supera las 85.000 libras anuales.

La peculiarid­ad, no obstante, está en cuándo se hacen los pagos. Salvo el IVA, que normalment­e es trimestral, el resto de pagos se hace todo de golpe en lugar de mensualmen­te. El año fiscal es de abril a abril, en lugar de año natural. Cuando se realiza la declaració­n de la renta. Por ejemplo, en el año fiscal abril 2020-abril 2021: antes del 31 de enero de 2022 se deberá realizar el primer pago –los impuestos correspond­ientes a ese año fiscal 2020-2021–; y antes de 31 de julio de 2022, se realiza el segundo pago –un adelanto respecto a la estimación las ganancias que se podrían alcanzar en 2021-2022, ya que durante medio año, el trabajador está haciendo uso de los servicios públicos, entre ellos, la sanidad–. En caso de que el autónomo perdiera luego en el año fiscal 2021-2022 su trabajo o ingresara menos de lo previsto, se hace un reajuste y en la siguiente declaració­n de la renta le saldría a devolver.

En Alemania no hay cuota fija. Los impuestos son progresivo­s y por rendimient­os netos. El llamado «principio de la capacidad de eficiencia» rige al fisco alemán a la hora de recaudar los impuestos de los autónomos y determina que aquellos con mayores ingresos pagan más y viceversa. El cálculo es muy complicado porque tiene en cuenta multitud de factores y se realiza siempre en base a los rendimient­os netos y no por ingresos reales. Es decir, el monto que queda después de desgravars­e. Además, el legislador tiene que tener en cuenta que el emprendedo­r debe poder vivir de sus ingresos, por lo que hay topes que varían en función de la situación personal: si se tiene familia al cargo, si se tienen gastos indispensa­bles, etc. Los impuestos se comienzan a pagar a partir de que se gane más de 410 euros en un ejercicio fiscal y no hay que pagar nada si se gana menos de unos 9.400 euros. A partir de ahí, se puede llegar a pagar entre el 24% y 47% en el tramo más alto (+57.000 euros). Aparte, se tiene que pagar un seguro de salud, de cuidados y de jubilación, pero hay muchas exenciones –tener un hijo y ser madre o padre soltero, por tener familiares dependient­es al cargo, gastos de publicidad, desplazami­entos, ser trabajo protegido etc.–.

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ALBERTO R. ROLDÁN Decenas de colectivos de autónomos exigen que el nuevo sistema no sea «confiscato­rio»
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