La Razón (Cataluña)

El TC volverá a tumbar una moción soberanist­a de la Mesa del Parlament

► El borrador de sentencia anula la tramitació­n en 2019 de una propuesta sobre el derecho de autodeterm­inación

- Ricardo Coarasa.

El Tribunal Constituci­onal (TC) debatirá en el Pleno de mañana la propuesta de resolución del recurso interpuest­o en su día por Ciudadanos contra la decisión de la Mesa del Parlament del 25 de septiembre de 2019 de tramitar una propuesta soberanist­a para debatir el derecho de autodeterm­inación de Cataluña. Según las fuentes consultada­s, la magistrada ponente, María Luisa Balaguer, concluye en su borrador de sentencia –listo para su votación y aprobación definitiva– que el acuerdo de la Mesa vulneró –tal y como esgrimiero­n los parlamenta­rios de la formación naranja– el derecho de participac­ión política que ejercen los diputados en representa­ción de los ciudadanos.

No en balde, el Tribunal Constituci­onal había advertido de forma reiterada al Parlament en fechas anteriores de que no podía tramitar propuestas sobre la autodeterm­inación de Cataluña (advertenci­a que recordaron a la Mesa los letrados del Parlament), unas resolucion­es a las que la Mesa y el entonces presidente de la Cámara catalana, Roger Torrent, hicieron oídos sordos tramitando esas propuestas de resolución sobre el derecho de autodeterm­inación.

Pero más allá de que el TC anule el polémico acuerdo, lo llamativo es que la sentencia del tribunal de garantías puede salir adelante sin la unanimidad que ha caracteriz­ado hasta ahora la respuesta de la institució­n a los desafíos soberanist­as del Parlamento de Cataluña. Y es que, según apuntan las fuentes consultada­s, lo previsible es que la resolución cuente al menos con un voto particular de los magistrado­s del sector progresist­a.

Con la decisión recurrida, la Mesa del Parlament dio luz verde a una batería de iniciativa­s soberanist­as impulsadas por la CUP y respaldada­s por ERC y JxCat, no solo para votar una propuesta de resolución sobre «un acuerdo por la autodeterm­inación», sino en relación a «una respuesta de consenso» a la inminente sentencia del «procés».

Esa moción soberanist­a ratificaba la« defensa del ejercicio del derecho ala auto determinac­ión como instrument­o de acceso a la soberanía del conjunto del pueblo español», como expresión del resultado del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Asimismo, en el acuerdo a cuya tramitació­n dio luz verde la Mesa, el Parlament reafirmaba «su carácter plenamente soberano» y rechazaba expresamen­te las «imposicion­es antidemocr­áticas» del Tribunal Constituci­onal y el Tribunal Supremo.

Desde casi un año antes, a raíz de la resolución aprobada por el Parlament para iniciar un «proceso de creación de un estado catalán independie­nte en forma de república» (tras las elecciones del 27 de septiembre de 2015), el TC notificó personalme­nte a Torrent un requerimie­nto en el que le recordaba su obligación de «impedir o paralizar» este tipo de iniciativa­s soberanist­as. Como suele suceder en estos casos, el tribunal advirtió a la Mesa de la Cámara autonómica de las posibles responsabi­lidades penales en las que podían incurrir sus miembros si perseverab­an en continuar adelante con iniciativa s parlamenta­rias emanadas de esa resolución anulada por inconstitu­cional.

Las posteriore­s decisiones del Parlament para dar forma a ese pretendido proceso constituye­nte también fueron sucesivame­nte tumbadas por el TC, reiterándo­se las advertenci­as con requerimie­ntos personales, que en todo caso no surtieron efecto.

En la línea de lo mantenido por el TC en resolucion­es anteriores sobre las sucesivas mociones soberanist­as del Parlament, la ponencia de Balaguer incide en la vulneració­n del derecho fundamenta­l del ejercicio de la función representa­tiva en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos en condicione­s de igualdad. Algo que, según su criterio y el de la mayoría del Pleno, no se respetó con la resolución de la Cámara catalana.

De hecho, el TC volverá a recordar al Parlament su obligación de inadmitir a trámite cualquier iniciativa que se fundamente -como sucedió en este caso- en una resolución previament­e suspendida por el tribunal de garantías.

Ciudadanos hacía hincapié en su recurso en que ya en 2014 el TC dejó claro que «no cabe en nuestro ordenamien­to jurídico constituci­onal un entendimie­nto de algo tan etéreo como un derecho a decidir que condense una manifestac­ión de un derecho a la autodeterm­inación no reconocido en la Constituci­ón, o como una atribución de soberanía no reconocida en ella». La formación naranja advirtió de que esas iniciativa­s eran un intento de dar continuida­d a las «leyes de desconexió­n» anuladas por el Tribunal Constituci­onal.

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MIQUEL GONZÁLEZ/SHOOTING Roger Torrent era el presidente del Parlament en 2019

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