El Constitucional, último asidero de Griñán
¿Por qué fueron condenados los ex presidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñan y Manuel Chaves?
La Audiencia de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión y 15 de inhabilitación por prevaricación y malversación y a Chaves a nueve años de inhabilitación por su responsabilidad responsabilidad en el reparto fraudulento de más de 700 millones de euros destinado a expedientes de regulación de empleo. Según la Sala, eran plenamente conscientes de la «palmaria ilegalidad» del desvío de fondos.
¿Para qué convoca una vista pública la Sala Penal del Tribunal Supremo?
Los magistrados escucharán de viva voz los argumentos de las acusaciones (entre ellas el Partido Popular) y de las defensas de los condenados. La Sala ya ha avisado a los 21 recurrentes que no se descarta habilitar sesiones de mañana y tarde.
¿Cuál es la posición de la Fiscalía?
El Ministerio Público reclama al alto tribunal que confirme íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de noviembre de 2019.
¿Qué defiende Griñán en su recurso?
El ex presidente de la Junta de Andalucía sostiene que su gestión consejero carecía «de toda relación» con las ayudas a empresas en crisis repartidas de forma fraudulenta. Según expone en su recurso, es víctima de «una investigación general que incriminó la actuación política del Ejecutivo sobre ayudas sociolaborales, refrendada durante una década por el Parlamento» autonómico.
¿Qué argumentos expone Chaves para pedir su absolución?
El antecesor de Griñán en el Palacio de San Telmo se queja de que la sentencia que le condena está basada en «prejuicios», «sospechas» y «presunciones». Además de sostener que «no existe una prueba de cargo» que justifique su condena, su defensa niega que hubiese opacidad en la distribución de unas ayudas al empleo, recalca, que fueron avaladas por los agentes sociales.
¿Irá a prisión Griñán si el Supremo confirma su condena?
Si la Sala Penal del alto tribunal ratifica su condena, al ex presidente andaluz sólo le quedaría la vía de recurrir en amparo al Constitucional y solicitar la suspensión cautelar de la ejecución de la pena mientras el TC no resolviese su petición, aunque el tribunal de garantías no suele acordarla para condenas de más de cinco años de cárcel.