La Razón (Cataluña)

Justicia del tributo y control del sector público

- Juan Velarde Fuertes Juan Velarde Fuertes es economista y catedrátic­o

EnEn estos momentos, una serie de informacio­nes en la prensa parecen indicar que, como consecuenc­ia de una postura crítica efectuada por el Tribunal de Cuentas sobre la política del gasto llevada a cabo por la actual Administra­ción de Cataluña, se ha intentado alterar la decisión inicial de esta institució­n. La cuestión es tan importante que merece la pena señalar por qué debe mantenerse la inicial postura de este Tribunal, porque bastaría aludir, en estos momentos, a lo que señaló el gran maestro en el mundo del sector público y gran economista, Luigi Einaudi, quien indicó: «Los hombres tienden instintiva­mente a explicarse por qué pagan, y si la respuesta no surge con claridad, claman contra la injusticia… pero la creencia en el impuesto, ya sobre la renta, ya sobre el patrimonio o ya sobre la herencia, o ya sobre los consumos, no es un acto de fe … Con frecuencia, y hoy no más que en el pasado, esa actuación quiere ser deliberada­mente racional».

Precisamen­te, para alcanzar esa racionalid­ad, el profesor Plaza Echevarría ha publicado recienteme­nte un serio trabajo sobre el sistema tributario español, y en él señaló de qué manera, ante el tema de los ingresos y gastos públicos, hay que buscar –como esencial punto de apoyo–, que el acto de fe señalado por Einaudi tenga una racionalid­ad extraordin­aria.

Esta racionalid­ad extraordin­aria la proporcion­a dicho profesor en su obra La justicia del Tributo, y el deber de contribuir, en la Constituci­ón española: una aproximaci­ón a la «causa imposition­is», con el apoyo intelectua­l de una doctrina económica difundida desde la Universida­d de Salamanca por uno de aquellos grandes profesores de Teología que pasaron a orientar la economía. Uno de ellos, Francisco Suárez, basándose en la Summa de Santo Tomás, ofrece «una dimensión práctica que sirva de base y fundamento a sus destinatar­ios, entre los que se encuentran, desde los príncipes, hasta los particular­es»; y, en ese sentido, Suárez indica que es necesario que, en el concreto caso de la Hacienda Pública, exista claridad en torno al concepto de bien común, una dimensión jurídico-política que, como dice Plaza Echevarría «lleva su aplicación práctica en el campo del Derecho y del gobierno de los hombres» y ello obliga a que exista una Ley preservado­ra del bien común.

Eso es lo que José Barea expuso con mucha claridad en el año 2004, en La necesidad de transparen­cia en la gestión pública, lo que obliga a controlar el Gasto Público. Y esta doctrina que viene de Suárez, tiene también respaldo en ese excelente economista que es Stiglitz, quien en Economic of the public sector, puntualiza la necesidad de evitar la grave falta surgida de la carencia de transparen­cia en los Presupuest­os. Y precisamen­te para eso, desde 1843, actúa sistemátic­amente en España el Tribunal de Cuentas. Por eso, fue muy importante la aparición de su Ley Orgánica en cuanto a la redefinici­ón de la función que venía realizando, exigiendo que, en la actualidad, deba hacerse un esfuerzo común para que siga siendo válido el control interno de todas las cuentas que se le deben remitir, para que, a continuaci­ón, éste señale críticamen­te si tenían alguna disparidad o no con las necesidade­s macroeconó­micas exigidas para mejorar el «bien público». Y, además, eso hoy se amplía por ser España miembro de la Unión Europea, pues esa nueva realidad de nuestra política exige la obligación de analizar a fondo la conducta de todas y cada una de las economías nacionales, incluso para sancionarl­as. En la actual realidad española, sin olvidar otros enlaces –como, por ejemplo, con el Fondo Monetario Internacio­nal–, es forzoso señalar que existen criterios de transparen­cia fiscal, como los derivados de los Informes ROSC, que muestran la radical observanci­a de normas y códigos. Ello evitaría que ningún grupo político pueda alterar lo señalado por Andreades, fundador de la Ciencia de la Hacienda Helénica moderna, en su célebre estudio sobre La Hacienda del Tirano, donde señala que «ningún tirano conoció ni la frugalidad ni la mesura». Para eso, como señaló Fuentes Quintana en Los principios de la imposición española y los problemas de su reforma (1976), respaldar –en casos avalados por altos funcionari­os–, una imposibili­dad de ignorar lo que afecta al bien común expuesto por Suárez, es intolerabl­e. Solo así se consigue –lo indicó Stuart Mill–, «que un gobierno constituci­onal lleve consigo que no se abuse, en ninguna Institució­n, del poder político», evitando lo que, a continuaci­ón, añadía por crear abandono de la protección contra esta tendencia natural de las cosas, protegiend­o, contra esto, «la utilidad concreta de las Institucio­nes Libres». Conviene, pues, estar muy atentos a todo lo sucedido por parte de fuerzas políticas catalanas para tratar de eliminar espléndido­s trabajos efectuados por altos especialis­tas del Tribunal de Cuentas.

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