La Razón (Cataluña)

Portazo del TC a Junqueras: avala su condena del «procés»

► Respalda, con tres votos en contra, que su inmunidad no impedía que cumpliera la pena

- Ricardo Coarasa.

El Pleno del Tribunal Constituci­onal (TC) rechazó ayer con seis votos a favor y tres votos en contra los recursos de amparo de Oriol Junqueras y Raül Romeva contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó, por su papel en el proceso soberanist­a en Cataluña, a penas de 13 y 12 años de prisión e inhabilita­ción absoluta, respectiva­mente, por sedición y malversaci­ón.

Debido a las aristas de su inmunidad por su condición de europarlam­entario, adquirida antes de que se hiciese pública la sentencia, el recurso de Junqueras era el de mayor complejida­d jurídica de los que aún tenía pendientes el TC de los condenados por el «procés». Hoy mismo, el Pleno tiene previsto resolver otros dos –los de los ex consellers Joaquim Forn y Meritxell Borrás–, lo que supondrá que un año después habrá avalado todas las condenas impuestas por el Tribunal Supremo.

Pero la sentencia, como se esperaba, no ha tenido un respaldo unánime y cuenta con los votos particular­es del vicepresid­ente del tribunal, Juan Antonio Xiol, y de los magistrado­s María Luisa Balaguer y Ramón Sáez. Tres magistrado­s, además, no han participad­o en la deliberaci­ón: dos de ellos por haberse abstenido –Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido– y uno más, Alfredo Montoya, por encontrars­e de baja médica desde agosto del pasado año. El TC dará a conocer hoy mismo los fundamento­s de la resolución –de la que ha sido ponente el presidente de la institució­n, Pedro González-Trevijano y que supera los 600 folios–, y de los votos discrepant­es.

Junqueras cuestionab­a en su recurso la decisión de la Sala Penal del Tribunal Supremo de no suspender el cumplimien­to de la sentencia hasta que se resolviese la cuestión prejudicia­l que el propio TS elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad parlamenta­ria del líder de ERC. El político independen­tista considera que la sentencia no se debió ejecutar hasta conocer el posicionam­iento de la Justicia europea sobre el alcance de su inmunidad como parlamenta­rio europeo. Algo que, se quejaba su abogado, «no se respetó por el Tribunal Supremo». Y es que en su opinión, el procedimie­nto penal «no podía evoluciona­r ni podía haberse dictado condena» a tenor del «efecto suspensivo» de esa consulta al TJUE.

El TC admitió a trámite el recurso de amparo al apreciar una «especial trascenden­cia constituci­onal» por afectar la cuestión a «una faceta de un derecho fundamenta­l sobre el que no hay doctrina de este tribunal» y porque el asunto planteaba «una cuestión jurídica de relevante y general repercusió­n social y económica».

En abril del pasado año, el TC avaló por primera vez una de las condenas por sedición que impuso el Tribunal Supremo (TS) a los líderes del proceso independen­tista en Cataluña, al desestimar el amparo solicitado por el ex consejero de la Generalita­t Jordi Turull, condenado a doce años de prisión por sedición y malversaci­ón. Desde ese momento, el Constituci­onal ha reiterado que el Supremo sí era competente para investigar y juzgar el «procés».

Sólo unas semanas antes, el TC había avalado las primeras condenas por desobedien­cia, al negar el amparo a los ex consellers Carles Mundó y Meritxell Borrás.

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EFE El líder de ERC, Oriol Junqueras, fue condenado a 13 años de prisión

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