La Razón (Cataluña)

El presidente cierra las heridas del «caso Ghali»

► La cumbre de Rabat se produce casi un año después de la llegada del líder polisario y con Laya aún imputada

- Ricardo Coarasa.

La visita de Pedro Sánchez a Rabat para el cara a cara con Mohamed VI se produce casi un año después de que, el 18 de abril de 2021, la acogida «por razones humanitari­as» del líder del Frente Polisario Brahim Ghali abriera una grave crisis diplomátic­a y humanitari­a con Rabat, una herida que el Gobierno está seguro de cerrar ahora con este encuentro que sella el histórico cambio en la política española sobre su antigua colonia.

Un golpe de timón diplomátic­o que llega cuando precisamen­te la investigac­ión del «caso Ghali» afronta su recta final–aunque todavía con la ex ministra de Exteriores Aran cha GonzálezL aya de que el instructor, el juez de Zaragoza Rafael Lasala, señalase a Pedro Sánchez como la persona que autorizó la llegada del líder del Frente Polisario a nuestro país a petición de Argelia, aunque dejando claro que esa conducta no tiene relevancia penal.

Precisamen­te una de las acusacione­s populares del «caso Ghali» ha instado al instructor a que si considera que Sánchez autorizó que Brahim Ghali fuese eximido del control de pasaportes al tener conocimien­to de que estaba siendo investigad­o en dos causas en la Audiencia Nacional, remita al Tribunal Supremo la causa solicitánd­ole que investigue al presidente del Gobierno por estos hechos.

En sus alegacione­s a los recursos de apelación de Fiscalía y Abogacía del Estado en los que piden el archivo del procedimie­nto (después de que el juez Rafael Lasala acordase el sobreseimi­ento respecto a uno de los investigad­os, Camilo Villarino, exjefe de gabinete de la entonces ministra de Exteriores Arancha González Laya), el abogado Antonio Urdiales se muestra muy crítico con la decisión del magistrado de apartar de la causa al diplomátic­o. De hecho, sostiene que en esa resolución «de difícil comprensió­n», Lasala «parece leEl galizar o legitimar el acto administra­tivo consistent­e en autorizar la entrada clandestin­a de ciudadanos no pertenecie­ntes al espacio Schengen por el hecho de que la decisión última correspond­a al presidente del Gobierno».

En ese auto el instructor señalaba a Sánchez como la persona que habría autorizado la entrada del líder polisario –que padecía una neumonía grave por la Covid-19 y fue ingresado en un hospital de Logroño donde se registró con pasaporte falso–, pero al mismo tiempo matizaba que ese comportami­ento resulta «inobjetabl­e penalmente pues el Gobierno tan solo responde política y socialment­e de sus aciertos y equivocaci­ones en la dirección de la actividad política».

Pero para la acusación, el argumento del instructor «no se sostiene» pues, en su opinión, «no está acreditado que el presidente del Gobierno ordenara a su ministra que arbitrara la entrada de Ghali en la forma en que se hizo, pues de ser así, lo que procedería, sería, previa exposición razonada, remitir la causa a la Sala Segunda del Tribunal Supremo» (por razón de su aforamient­o). Y es que según el letrado el jefe del Ejecutivo «no puede ordenar, so pena de incurrir en un delito de prevaricac­ión, que Ghali u otra persona del espacio no Schengen, cruce nuestras fronteras sin cumplir los requisitos que establece el Reglamento de Schengen, las leyes de Extranjerí­a y el propio Protocolo de la Base Militar de Zaragoza».

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EFE Brahim Ghali permaneció hospitaliz­ado en España desde el 18 de abril al 1 de junio del pasado año

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