La Razón (Cataluña)

¿Se puede vivir de lujo sin dinero en el banco?

Algunas personas pueden frecuentar los mejores restaurant­es, suites de hoteles de lujo, lucir Rolex o conducir Ferraris con apenas unos cientos de euros a su nombre en la cuenta

- José María Mollinedo. MADRID

UnaUna reciente noticia ha causado sorpresa: el juez del «caso mascarilla­s» no puede embargar a Luis Medina porque sólo tiene 250 euros en la cuenta. Al parecer, el juzgado nº 47 de Madrid habría solicitado a la Fiscalía y a las acusacione­s personadas en el procedimie­nto de presunta estafa al Ayuntamien­to de Madrid otras medidas económicas para asegurar las responsabi­lidades civiles y embargar otros bienes del marqués de Villalba, tras comprobar que tampoco conserva los bonos bancarios –que ascendían a 400.000 euros– que adquirió con sus supuestas comisiones.

En la hipotética operación fraudulent­a, Medina habría escalado hasta el millón de dólares y su socio, Alberto Luceño, cobró cinco millones. En total el Ayuntamien­to pagó 6 millones de dólares más que el precio al que vendió la empresa de Malasia. Todo un escándalo agravado, además, por el contexto. Y más allá de compras como la del yate a través de una sociedad gibraltare­ña, que podrían pretender evitar responsabi­lidades fiscales, muchos se preguntará­n: ¿dónde está el dinero?

Porque lo cierto es que, «caso mascarilla­s» al margen, algunas personas pueden frecuentar los mejores restaurant­es, suites de hoteles de lujo, lucir Rolex o conducir Ferraris con apenas unos cientos de euros a su nombre en el banco.

Sin prejuzgar este escándalo, algunos grandes patrimonio­s suelen disponer de cajas de seguridad alquiladas en bancos donde guardan joyas, dinero o documentos justificat­ivos de la titularida­d de sociedades «offshore» o de los bienes detentados por ellas, utilizan estas sociedades interpuest­as o cuentas radicadas en paraísos fiscales para ocultar su fortuna, y en ocasiones usan tarjetas de crédito o débito innominada­s para mantener su alto nivel de vida porque el pago con estas tarjetas se carga en cuentas de bancos situados en paraísos fiscales o en países con una tradición en la emisión de estas tarjetas opacas como Chipre.

Para iniciar un control de estas personas, la Agencia Tributaria (AEAT) creó en 2018 la Unidad Central de Coordinaci­ón del Control de Patrimonio­s Relevantes dentro de la Oficina Nacional de Investigac­ión del Fraude, a la que encargó elaborar el censo de personas personas con alta capacidad económica (los conocidos como High Net Worth Individual­s o Ultra High Net Worth In di v id uals),ob tener informació­n relevante de ellos y explotarla mediante técnicas deBig Data, analizando las bases imponibles y cuotas declaradas en el IRPF por estos contribuye­ntes y sus grupos familiares, y finalmente desarrolla­r mecanismos de investigac­ión y selección de los riesgos de fraude fiscal complejo de contribuye­ntes concretos como negocios anómalos asociados al uso abusivo de sociedades instrument­ales (situadas (situadas en España o en paraísos fiscales), o con utilizació­n de regímenes fiscales preferente­s. De esta manera, sería posible la detección de los titulares reales últimos de sociedades opacas residentes en España y de activos inmobiliar­ios residencia­les de alto nivel.

En este sentido, en 2020 –según los últimos datos publicados– la AEAT realizó 742 comprobaci­ones inspectora­s a titulares de patrimonio­s relevantes, a las que les liquidaron deudas tributaria­s por 437 millones de euros, a razón de unos 589.000 euros de media por expediente. expediente. En cualquier caso, es relativame­nte sencillo seguir la pista al dinero para asegurar las responsabi­lidades civiles que puedan ser exigidas a los imputadas ahora.

La mejor línea de investigac­ión pasa por rastrear el dinero obtenido por cada transacció­n. En primer lugar, averiguand­o si los bienes y saldos, producto de las comisiones, se han vendido a un comprador de buena fe o a una persona o sociedad vinculada o interpuest­a. A continuaci­ón, hay que seguir la pista del cobro (al superar la venta los 1.000 euros, el pago no podrá ser realizado en metálico) y averiguar adónde se ha movido y por qué causa o contrato. Y así hasta dar con el refugio final de dichos fondos.

Si estas operacione­s se han realizado con fecha posterior a cuando el juez decretó el embargo de los bienes, podrían incurrir eventualme­nte en nuevos delitos, como el de frustració­n de la ejecución (art 257.2 CP), y según las circunstan­cias que se determinen en otro nuevo de blanqueo de capitales.

Y en este sentido, los técnicos de Hacienda tenemos mucha experienci­a. Desde 2012, la AEAT está adoptando medidas cautelares para garantizar las posibles responsabi­lidades que se declaren judicialme­nte antes de que se inicie el proceso por delito fiscal, o con autorizaci­ón judicial después de formularse la denuncia por este delito. Ya en 2020 los órganos de recaudació­n tramitaron 58 delitos de frustració­n de la ejecución o insolvenci­a punible con un monto de 144 millones de euros, y mantienen la competenci­a para investigar, bajo la supervisió­n de la autoridad judicial, el patrimonio que pueda resultar afecto al pago de las cuantías pecuniaria­s asociadas al delito.

También tenemos mucha experienci­a en el auxilio judicial para que prospere con agilidad esta instrucció­n penal. De hecho, en 2020 los técnicos de Hacienda fuimos la mayor parte de los 882 funcionari­os designados por la AEAT en peritajes y auxilio judicial durante el proceso penal.

En definitiva, es verdad que hay personas que viven muy bien ocultando al fisco parte de su fortuna e intentando no dejar rastro. Pero también es verdad que Hacienda puede descubrirl­o, siempre que tenga voluntad para ello y utilice los recursos adecuados.

El juez del «caso mascarilla­s» no puede embargar a Luis Medina porque solo tiene 250 euros José María Mollinedo es secretario general de los Técnicos de Hacienda (Gestha)

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EFE Hay personas que viven muy bien ocultando su fortuna al fisco

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