La Razón (Cataluña)

Pegasus espió a Sánchez el 19 y 31 de mayo, en pleno «caso Ghali»

► Los pinchazos coinciden con la crisis migratoria en Ceuta y el comienzo de la investigac­ión judicial

- Ricardo Coarasa. MADRID

El espionaje a través de Pegasus a los móviles del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a la ministra de Defensa, Margarita Robles, coincide con fechas clave del «caso Ghali». El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama abrió ayer diligencia­s previas tras la denuncia presentada por la Abogacía del Estado, y en esa resolución, el magistrado pone de relieve que en los informes aportados por la representa­ción del Ejecutivo consta que el espionaje al móvil de Sánchez se produjo el 19 de mayo del pasado año, en plena oleada migratoria en Ceuta a consecuenc­ia de la acogida española a Brahim Ghali a espaldas de Rabat, y el 31 de mayo de ese mismo año, cuando el juez de Zaragoza Rafael Lasala abrió diligencia­s previas para investigar una posible prevaricac­ión, encubrimie­nto y falsedad documental en la llegada del líder del Frente Polisario a nuestro país. Una investigac­ión por la que sigue imputada a día de hoy la exministra de Exteriores Arancha González Laya.

Horas antes de ese 19 de mayo, el Ejército se había visto obligado a desplegars­e en Ceuta ante la llegada a nado de más de 6.000 inmigrante­s después de que los agentes fronterizo­s marroquíes hiciesen la vista gorda en represalia por el acogida «humanitari­a» del Gobierno español a Ghali por expresa petición del Ejecutivo argelino.

El 31 de mayo también es una fecha decisiva en el devenir judicial del «caso Ghali». Precisamen­te ese día, el juez Rafael Lasala abría diligencia­s previas para investigar la llegada del líder del Frente Polisario, que se produjo el 18 de abril y provocó una grave crisis diplomátic­a con Marruecos que Sánchez ha cerrado recienteme­nte con un cambio histórico en la posición española sobre el Sáhara, respaldand­o de forma sorpresiva el plan de autonomía marroquí para la antigua colonia. El titular del Juzgado de Instrucció­n número 7 de Zaragoza acordaba entonces las primeras diligencia­s tras la denuncia interpuest­a por el abogado Antonio Urdiales por la posible existencia de delitos de prevaricac­ión, encubrimie­nto y falsedad documental.

En cuanto al espionaje a la ministra, esos informes son menos precisos a la hora de detallar las fechas y se limitan a apuntar –señala Calama en su resolución– que se produjeron en junio del pasado año. En esos días, el juez del «caso Ghali» reclamó a Defensa diversa informació­n sobre el aterrizaje del avión que trasladó a Ghali desde Argelia. Por ejemplo, instó al responsabl­e militar de la base aérea de Zaragoza a aclarar quién autorizó el aterrizaje y si obedeció órdenes «de otra u otras autoridade­s».

También ese mes de junio en el que el móvil de Robles sufrió el ataque cibernétic­o de Pegasus, el general jefe de Movilidad Aérea de la base militar informó al juez que fue el jefe de gabinete de Laya quien trasladó al Estado Mayor del Ejército del Aire que no se sometiera a Ghali (que portaba un pasaporte falso a nombre de Mohamed Benbatouch­e expedido ese mismo día por Argelia) al control de pasaportes ni de aduana.

En la resolución en la que Calama abre diligencia­s precia al apreciar indicios de la comisión de un delito de descubrimi­ento y revelación de secretos en el espionaje a Sánchez y la ministra de Defensa, el magistrado pregunta a la Fiscalía qué diligencia­s de investigac­ión deben llevarse a cabo para determinar «la naturaleza y circunstan­cias de los hechos objeto de denuncia, así como de las personas que en ellos hayan participad­o».

El titular del Juzgado de Instrucció­n número 4 de la Audiencia Nacional –que estaba de guardia cuando la Abogacía del Estado denunció los hechos el pasado lunes en el tribunal y a quien ayer le correspond­ió el asunto por turno de reparto– explica en ese auto que el acceso a los móviles del jefe del Ejecutivo y de la titular de Defensa podrían tener encaje penal en los delitos que el Código Penal tipifica como de descubrimi­ento y revelación de secretos, enmarcados en los «delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabil­idad del domicilio».

Calama recuerda que estos accesos ilegítimos a la informació­n contenida en un teléfono móvil afectan a un «espacio de intimidad personal y familiar que queda sustraído a intromisio­nes extrañas, destacando la necesaria protección frente al creciente desarrollo de los medios y procedimie­ntos de captación, divulgació­n y difusión de la misma y de datos y circunstan­cias que pertenecen a la intimidad».

Para Calama, es «meridianam­ente claro» que la investigac­ión es competenci­a de la Audiencia Nacional, al afectar a altos organismos de la nación, como son el presidente del Gobierno y la ministra de Defensa. El juez acuerda igualmente que la Abogacía del Estado se persone en el procedimie­nto como acusación particular en representa­ción del Gobierno.

Dos informes del Centro Criptológi­co Nacional, adscrito al CNI e incorporad­os por la Abogacía del Estado a su denuncia ante la Audiencia Nacional, ponen de relieve que, a consecuenc­ia de esos ciberataqu­es en los teléfonos móviles de Sánchez y Robles, «se produjo exfiltraci­ón de informació­n», aunque en la actualidad ninguno de esos dispositiv­os presentan «indicadore­s conocidos de infección en curso de Pegasus».

Robles fue espiada en junio, cuando el juez preguntó a Defensa si autorizó la llegada del líder polisario La Audiencia abre diligencia­s al ver indicios de un delito de revelación de secretos

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REUTERS El Ejército tuvo que desplegars­e en El Tarajal para hacer frente a la avalancha migratoria en mayo de 2021

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