La Razón (Cataluña)

El PP retirará el recurso en el que pedía la absolución de Bárcenas

► González Pons dice que «la estrategia jurídica» del escrito avalado por Casado «choca con la lógica política»

- C. S. Macías/R. Coarasa

El escrito ante el Tribunal Supremo se presentó días antes del relevo de Pablo Casado Pese a la condena como responsabl­e civil, González Pons defiende «la inocencia del PP»

El PP anunció ayer la retirada del recurso en el que el partido pedía la absolución del extesorero Luis Bárcenas por pagar en negro parte de las obras de la sede de Génova, una decisión que acarrearía que se anulase también la condena a la formación popular como responsabl­e civil subsidiari­o. Según explicó ayer el vicesecret­ario de Institucio­nal del PP, Esteban González Pons, la nueva dirección del partido desconocía el contenido del recurso –que se formalizó apenas unos días antes del relevo del Casado–, cuya «estrategia jurídica» –subrayó– «choca con la lógica política».

«No lo conocíamos y, al conocerlo, no lo compartimo­s, por lo tanto, el comité de dirección del PP ha decidido que ese recurso se retira hoy mismo», indicó González Pons, quien no obstante, añadió: «Estamos convencido­s de la inocencia del PP». Fuentes de la antigua dirección destacan que «no se dio ninguna orden en ese sentido» y que Casado «no sabía nada».

Además, precisó que ese recurso se redactó en el mes de noviembre –cuando lideraba el PP Pablo Casado– y se presentó poco antes del congreso extraordin­ario de Sevilla que se celebró el 1 y 2 de abril y que eligió presidente del partido a Feijóo.

En concreto, el PP formalizó el pasado 28 de marzo ese recurso de casación ante el Tribunal Supremo solicitand­o la absolución de Bárcenas por la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenaba a dos años de cárcel por pagar en negro parte de las obras de la sede de los populares en la calle Génova. Una absolución que eximiría a la formación de su condena como responsabl­e civil subsidiari­o.

Fue el pasado mes de octubre cuando la Audiencia Nacional condenó a Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en «B» más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede de los populares, al tiempo que condenó al PP como responsabl­e civil subsidiari­o de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectu­ra que se encargó de la remodelaci­ón. Para el tribunal, aunque el PP desconocía ese pago en dinero «B», se benefició fiscalment­e de esos abonos en negro.

En su recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo –adelantado por El Periódico de España–, el PP argumenta por un lado que el delito de participac­ión en el fraude fiscal de Unifica por el que la Audiencia Nacional condenó a Bárcenas «había prescrito el 25 de julio de 2013», pues en esa fecha «aún no se había dirigido este procedimie­nto contra él». Pero el tribunal entendió que la prescripci­ón de cinco años del delito fiscal se interrumpi­ó cuando fue citado como imputado, algo que el PP considera «una especie de fraude de prescripci­ón» porque el procedimie­nto no se dirigió contra él por su supuesta participac­ión en un delito fiscal hasta el 14 de abril de 2014.

Fue entonces, subraya, cuando la Audiencia le comunicó que «se sospechaba que él podía haber colaborado en la comisión de un delito fiscal en relación con pagos que presuntame­nte se habrían llevado a cabo con fondos de una supuesta caja B que él mismo manejaba y que, por supuesto, solo él conocía y controlaba».

Para el abogado del PP, Jesús Santos, Bárcenas pagó con dinero negro para «sus propias finalidade­s», que eran «dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba». Pero según el letrado no hubo en realidad «ahorro de coste para el PP, que no pudo descontars­e el gasto en su impuesto sobre Sociedades.

«La intención no es en absoluto el ahorro fiscal del Partido Popular –señala– sino el aprovecham­iento de aquel patrimonio oculto exclusivam­ente controlado por el sr. Bárcenas ». La formación popularese pago en dinero negro no tuvo ninguna «consecuenc­ia beneficios­a» para el partido. Porque, argumenta, aunque que la propia sentencia fija en un ahorro en las obras de un 7 o un 8%, el PP perdía así «una opción fiscal más ventajosa para el partido como es la de consignar un gasto deducible en el marco del Impuesto sobre Sociedades que tributa al 25%».

Bárcenas, recalca, habría ayudado a ocultar un beneficio de 286.569,62 euros y a eludir el pago de 93.135,12 euros, «cantidad que no es constituti­va de delito» (al situarse por debajo de los 120.000 euros). Por ello, pide su absolución «con la necesaria consecuenc­ia de la inexistenc­ia de responsabi­lidad civil subsidiari­a» del PP.

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EP El extesorero del PP Luis Bárcenas

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