La Razón (Cataluña)

El Supremo estudia elevar al pleno los indultos del «procés»

► La Sala Tercera busca unificar criterio revisando el asunto entre la treintena de magistrado­s

- Irene Dorta. MADRID

La Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del Tribunal Supremo está sopesando elevar al pleno el asunto sobre los indultos del «procés», lo que en la práctica supone que la sentencia la decida la treintena de magistrado­s que compone la Sala y no únicamente los cinco de la Sección Quinta donde han recaído los recursos presentado­s contra la medida de gracia que concedió el Gobierno. Las fuentes consultada­s en el alto tribunal señalan que este trasvase sería «razonable» para unificar criterio después de que la misma Sección con diferente composició­n decidiera primero en enero que no entraría a revisar el indulto y luego en mayo que sí lo haría. El precedente está en el año 2013 cuando fueron también todos los jueces los que resolviero­n un polémico indulto a un Kamikaze.

Que un asunto llegue a pleno depende en la mayoría de los casos de la voluntad del presidente de la Sala. No obstante, si la mitad de los jueces firman conjuntame­nte pueden solicitar que algo se resuelva entre todos, pero las fuentes consultada­s señalan que esta es la vía más difícil. Sucedió cuando se iba a resolver el recurso impugnando la designació­n de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado. Nueve magistrado­s -entre ellos casualment­e Inés Huerta que es quien inclinó la balanza en el caso del «procés» en mayo-pidieron verlo en pleno, pero no llegaron al número necesario. El actual presidente, César Tolosa, se ha manifestad­o en reiteradas ocasiones favorable a llevar a pleno aquellos asuntos que necesiten «aunar criterio». De hecho, esa es la misión del Tribunal Supremo garantizar la posición única en la aplicación de las leyes. Dentro, las discrepanc­iasen relación a los indultos son patentes y algunas fuentes hablan de la «insegurida­d jurídica» que produjo el cambio de rumbo.

Con la marcha de Ángeles Huet, partidaria de inadmitir los recursos a la decisión que dejó en la calle a los líderes independen­tistas, y la llegada de Inés Huerta, defensora de lo contrario, el Tribunal se desdijo. En enero considerar­on que los partidos políticos no estaban legitimado­spara impugnarla medida de gracia porque no tenían atribuida «la representa­ción de la sociedad ni del interés general», mientras que en mayo la postura pasó a ser que los delitos cometidos por Oriol Junqueras y el resto de indultados no afectaron solo a una persona o a un grupo en Cataluña, sino a todos los españoles por lo que los partidos políticos sí estarían legitimado­s para representa­r a los ciudadanos.

Y una vez resuelta la barrera de entrada de los recurrente­s hay que entrar en el fondo de la cuestión. Y en esto, dicen distintas fuentes consulta das, tiene todo el sentido que se fije una senda común y se haga en un debate rico entre toda la Sala. La convocator­ia del pleno, por tanto, no es un asunto menor porque desde que Tolosa llegó a la presidenci­a no se ha debatido nunca un asunto de tanta trascenden­cia. La única reunión de todos los togados que se ha convocado fue el pasado mes de noviembre y fue un «pleno no jurisdicci­onal», recuerdan las citadas fuentes, que se basó en poner en común diferencia­s internas sobre los recursos de casación.

En la memoria de todos está el controvert­ido pleno sobre el impuesto de las hipotecas que produjo un cambio de criterio súbito, partió al tribunal y causó perplejida­d en la sociedad que llegó a manifestar­se delante de la sede de la jurisprude­ncia. Algunos colocan esta fecha como el día en el que se decidió que el entonces presidente de lo Contencios­o Luis María Díez-Picazo no renovaría en el cargo.

Pero el precedente más claro y similar al caso actual está en 2013 cuando una ponencia del ahora presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, terminó elevándose a pleno y sentando las bases con las que precisamen­te hoy se revisan los indultos. Esas que ahora pueden sufrir nuevos cambios. Los magistrado­s vivieron tres días de «intensísim­a» y «muy brillante» discusión, en palabras de quienes estuvieron allí. El tribunal revocó la medida de gracia a un hombre condenado a 13 años de cárcel por conducir en dirección contraria y matar a un joven de 25 años. En una sentencia se determinó que el Gobierno no había acordado las «razones de justicia, equidad o utilidad pública» que desde entonces se exhiben enelBOE cada vez que se anuncia una de estas medidas. Con 19 votos a favor y 17 en contra, los togados delimitaro­n su propio poder solo a ejercer un «control externo» para garantizar que las razones que da el Ejecutivo guardan «coherencia lógica» con el expediente de indulto.

Sobre la mesa está ahora la decisión de si el argumento del Gobierno de Pedro Sánchez sobre la «utilidad pública» de la excarcelac­ión de Junqueras y el resto de independen­tistas choca con el artículo 9 de la Constituci­ón que informa de que las decisiones de los poderes públicos no pueden ser arbitraria­s. Con todo, las citadas fuentes sitúan el horizonte temporal en octubre para poder tener una resolución.

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EFE Lesmes, López, Gonález-Trevijano, Rey Felipe VI y el decano

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