Ricardo Coarasa. Puigdemont señala al juez del CNI ante el Supremo
► Pide que se anule la sentencia sobre su euroescaño por las escuchas con Pegasus
El independentismo cree que el caso Pegasus contaminó las decisiones del Tribunal Supremo sobre el euroescaño de Carles Puigdemont. El expresidente de la Generalitat ha pedido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal que anule la sentencia que avaló la decisión de la Junta Electoral Central de que se dejara vacante su escaño en el Parlamento Europeo por no haber acatado la Constitución de forma presencial. El líder independentista considera –como adelantó LA RAZÓN– que el hecho de que el magistrado Pablo Lucas formara parte del tribunal que tomó la decisión y que, al mismo tiempo, autorizase las escuchas a su abogado, Gonzalo Boye, y a personas de su entorno a través del programa espía, vulneró su derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva.
El incidente de nulidad de actuaciones –que han presentado igualmente el también expresident Quim Torra y el exconseller Toni Comín en relación a las decisiones que adoptó la Sala respecto a ellos– aluden al informe del Defensor del Pueblo del pasado 18 de mayo que concluye que el magistrado Pablo Lucas, encargado de permitir las escuchas del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), dispuso de «un elevado grado de detalle en la información» a la hora de autorizar o no esas intervenciones.
Para la defensa del ex presidente de la Generalitat, esa autorización fue ilegal y se acordó «en flagrante vulneración» de los derechos fundamentales de Puigdemont pues esa intervención de las comunicaciones – mientras se ventilaba su recurso contra la decisión de la Junta Electoral– permitió al magistrado tener acceso a «las comunicaciones de los recurrentes con su letrado», lo que según denuncia tuvo «un efecto devastador sobre el derecho de defensa», provocando «una situación efectiva de indefensión material».
Mediante esas intervenciones que califica de «radicalmente discriminatorias por estar basadas en motivos políticos o ideológicos», el abogado del líder soberanista señala que el magistrado «habría tenido acceso, total o parcialmente, a las comunicaciones del letrado con sus clientes», así como a «documentación de toda índole, vinculada a la defensa en este proceso y otros conexos», y que considera que se encontraba protegida «no solo por el derecho al secreto de las comunicaciones, sino también por el secreto abogadocliente que forma parte del derecho de defensa».
«Se ha producido una situación evidentemente prohibida en cualquier Estado democrático de Derecho –se queja en su escritoque contraría de manera palmaria el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, así como a un proceso con todas las garantías». Algo que, añade, «no tiene parangón en ningún estado democrático de derecho».
Si la Sala descarta anular su resolución, el letrado insta al Supremo a plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que aclare si vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva que «el juez que ha autorizado la intervención de las comunicaciones «sea al mismo tiempo «miembro de la Sala que ha de resolver sobre los recursos interpuestos por el letrado en defensa de su cliente, de los que conoce previamente por vía extraprocesal».
Denuncia que el magistrado tuvo acceso a las comunicaciones con su abogado «Se ha producido una situación prohibida en cualquier estado democrático»