La Razón (Cataluña)

Ricardo Coarasa. Puigdemont señala al juez del CNI ante el Supremo

► Pide que se anule la sentencia sobre su euroescaño por las escuchas con Pegasus

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El independen­tismo cree que el caso Pegasus contaminó las decisiones del Tribunal Supremo sobre el euroescaño de Carles Puigdemont. El expresiden­te de la Generalita­t ha pedido a la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del alto tribunal que anule la sentencia que avaló la decisión de la Junta Electoral Central de que se dejara vacante su escaño en el Parlamento Europeo por no haber acatado la Constituci­ón de forma presencial. El líder independen­tista considera –como adelantó LA RAZÓN– que el hecho de que el magistrado Pablo Lucas formara parte del tribunal que tomó la decisión y que, al mismo tiempo, autorizase las escuchas a su abogado, Gonzalo Boye, y a personas de su entorno a través del programa espía, vulneró su derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva.

El incidente de nulidad de actuacione­s –que han presentado igualmente el también expresiden­t Quim Torra y el exconselle­r Toni Comín en relación a las decisiones que adoptó la Sala respecto a ellos– aluden al informe del Defensor del Pueblo del pasado 18 de mayo que concluye que el magistrado Pablo Lucas, encargado de permitir las escuchas del Centro Nacional de Inteligenc­ia (CNI), dispuso de «un elevado grado de detalle en la informació­n» a la hora de autorizar o no esas intervenci­ones.

Para la defensa del ex presidente de la Generalita­t, esa autorizaci­ón fue ilegal y se acordó «en flagrante vulneració­n» de los derechos fundamenta­les de Puigdemont pues esa intervenci­ón de las comunicaci­ones – mientras se ventilaba su recurso contra la decisión de la Junta Electoral– permitió al magistrado tener acceso a «las comunicaci­ones de los recurrente­s con su letrado», lo que según denuncia tuvo «un efecto devastador sobre el derecho de defensa», provocando «una situación efectiva de indefensió­n material».

Mediante esas intervenci­ones que califica de «radicalmen­te discrimina­torias por estar basadas en motivos políticos o ideológico­s», el abogado del líder soberanist­a señala que el magistrado «habría tenido acceso, total o parcialmen­te, a las comunicaci­ones del letrado con sus clientes», así como a «documentac­ión de toda índole, vinculada a la defensa en este proceso y otros conexos», y que considera que se encontraba protegida «no solo por el derecho al secreto de las comunicaci­ones, sino también por el secreto abogadocli­ente que forma parte del derecho de defensa».

«Se ha producido una situación evidenteme­nte prohibida en cualquier Estado democrátic­o de Derecho –se queja en su escritoque contraría de manera palmaria el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensió­n, así como a un proceso con todas las garantías». Algo que, añade, «no tiene parangón en ningún estado democrátic­o de derecho».

Si la Sala descarta anular su resolución, el letrado insta al Supremo a plantear una cuestión prejudicia­l al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que aclare si vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva que «el juez que ha autorizado la intervenci­ón de las comunicaci­ones «sea al mismo tiempo «miembro de la Sala que ha de resolver sobre los recursos interpuest­os por el letrado en defensa de su cliente, de los que conoce previament­e por vía extraproce­sal».

Denuncia que el magistrado tuvo acceso a las comunicaci­ones con su abogado «Se ha producido una situación prohibida en cualquier estado democrátic­o»

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