El Supremo confía en dictar antes de agosto la sentencia de los ERE
► La Sala prorroga hasta septiembre el plazo para resolver los recursos por la «complejidad» de la causa
El Tribunal Supremo tendrá 60 días hábiles más (hasta mediados de septiembre) para dictar la sentencia de los ERE, pero la intención de la Sala es –según fuentes del alto tribunal– resolver los recursos de los condenados antes de agosto. Una previsión que solo se torcerá si algún magistrado anuncia su discrepancia con el fallo.
El tribunal disponía de diez días para dictar la resolución desde que, los pasados 3 y 4 de mayo, se celebró la vista de los recursos, un plazo que concluyó el pasado 23 de mayo y que, según se notificó ayer, el Supremo ha tenido que ampliar en 60 días más.
Habrá que esperar algunas semanas más, por tanto, para conocer el pronunciamiento del alto tribunal sobre la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó al ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por prevaricación y malversación y a nueve de inhabilitación, solo por el primero de los delitos, al también ex presidente andaluz Manuel Chaves.
Según especifica la Sala Segunda del alto tribunal en el auto de prórroga –del que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres– el plazo de ampliación de 60 días hábiles (descontando festivos) empieza a contar desde ese 23 de mayo. Teniendo en cuenta que agosto es inhábil, el nuevo plazo concluye a mediados de septiembre, aunque fuentes del Supremo apuntan que la intención de la Sala es hacer pública la sentencia antes del éxodo vacacional «si es posible». Pero esa previsión sufrirá un retraso si finalmente alguno de los magistrados firma un voto particular (una posibilidad que puede anunciarse en la deliberación e, incluso, en el momento de firmar la sentencia, por lo que todavía está en el aire).
Los magistrados esgrimen en sustento de su decisión la complejidad de la causa, teniendo en cuenta el elevado número de recurrentes, una veintena, y los motivos formulados por cada uno de ellos en contra de la sentencia recurrida.
La Fiscalía respalda la sentencia de los ERE –por la que también se condenó a la exministra socialista Magdalena Álvarez– y pidió al Supremo que la confirmara íntegramente. La sentencia consideró acreditado que durante dos décadas los gobiernos autonómicos socialistas fueron responsables de un despilfarro de casi 680 millones de euros por el descontrol «absoluto» de los fondos destinados a los Expedientes de Regulación de Empleo.
La Audiencia de Sevilla dio por probado que siendo consejero de Economía y Hacienda, Griñán «era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó», asumiendo «la eventualidad» de que los fondos destinados a esas ayudas sociolaborales «fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados».
En cuanto a Chaves, el tribunal estableció que «la decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto», por lo que resultaba «lógico» que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, dado que afectaba a más de una consejería, «tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía».
Las defensas de los expresidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán solicitaron al Tribunal Supremo en esa vista su absolución porque, insistieron, no dictaron ninguna resolución arbitraria. El abogado de Griñán recalcó, además, que no tenía capacidad alguna de disposición sobre los polémicos fondos de ayudas sociolaborales. «No puede malversar quien no puede decidir sobre el destino de los fondos», aseguró la defensa de Griñán. Por su parte, el abogado de Manuel Chaves insistió en que no hubo prevaricación y defendió que las resoluciones de la Junta no fueron arbitrarias.