Antidroga, en jaque por la revisión del Constitucional a los agentes encubiertos
► Policía y Fiscalía temen una cascada de nulidades en operaciones de narcotráfico
El Tribunal Constitucional tiene sobre la mesa el estudio de un recurso del que andan muy pendientes las instituciones que luchan contra el narcotráfico. Se trata de una revisión del rol de los agentes protegidos que se infiltran en operaciones antidroga y que, en muchas ocasiones, son pieza fundamental para aprehensiones y detención de narcotraficantes. Tanto en la Policía como en la Fiscalía Antidroga temen un fallo desfavorable que diga que la actuación de estos agentes protegidos se ha extralimitado y pueda dar al traste con una práctica que lleva años en vigor. Las consecuencias serían dos: Un cambio en la forma de proceder y una posible cascada de nulidades a los tribunales.
El pasado mes de mayo el pleno del tribunal garante de la carta magna decidió aceptar un recurso del narcotraficante A. R. L, condenado a ocho años de cárcel por mercadear con cocaína. Para él, el hecho de que fueran agentes protegidos los que le incriminaran y sustentaran en exclusiva su pena vulneró varios derechos durante la investigación. «Que no haya podido defenderse de las afirmaciones vertidas», «que no se han aportado los elementos probatorios objetivos», y que se ha vulnerado su derecho a la intimidad, señala su abogado en el recurso. Los jueces vieron el asunto de especial trascendencia para dibujar las líneas rojas sobre estos funcionarios protegidos porque, además, no existe jurisprudencia. El magistrado y vicepresidente Juan Antonio Xiol trabaja ya en la ponencia.
«Es una cosa excepcional, muy delicada», aclaran fuentes de la Fiscalía Especial Antidroga. En juego están decenas de actuaciones -no han podido especificar un número concreto- en las que es el propio fiscal el que autoriza la infiltración. Los fiscales pueden dar luz verde a entregas controladas o policías encubiertos. El viacrucis está en que la ley dice «dando cuenta inmediata al juez» y, desde la llegada en 2006 del anterior fiscal de Sala Jefe Antidroga José Ramón Noreña se instauró una práctica por la que se no se avisa al juez instructor directamente (a veces no lo hay), sino que se ponía en conocimiento del decano. En el caso de la Audiencia Nacional a Santiago Pedraz. Una «costumbre», señalan, que hacía más fácil y práctico acotar operaciones que todavía no estaban judicializadas. Si el tribunal ve en esto que se ha desbordado la lectura de la ley habrá que cambiar el desarrollo de muchas operaciones.
En el Ministerio Público tratan de relativizar la situación: «La valoración se hace caso por caso». Defienden que siempre lleva una resolución motivada y que las partes, una vez se alza el secreto, pueden acceder a estos documentos. «El decano tiene conocimiento, por lo tanto es autoridad judicial». La Ley es muy escueta en la regulación de este tipo de figuras. El artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además de que ha de darse «cuenta inmediata al juez», dice que se podrá autorizar que estos funcionarios actúen bajo identidad supuesta «teniendo en cuenta su necesidad a los fines de la investigación».
Los consultados en la Policía muestran intranquilidad. Explican que los agentes protegidos solo se utilizan para delitos tasados muy graves, por ejemplo, trata trata de seres humanos, pero que una parte importante de recursos está destinada a operaciones antidrogas con el peligro que eso conlleva. De hecho, en la Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO) se creó una unidad específica para estos agentes con identidades supuestas.
«La policía hace un uso ponderado», defienden confiados en que el tribunal lo valore. Allí reclaman una redacción más profusa de la ley para que puedan hacer agentes protegidos a civiles y así el riesgo de empotrar de cero a un funcionario en una red de narcotraficantes se reduzca. En la Fiscalía, en cambio, tienen más dudas porque creen que esto podría despertar suspicacias en las defensas de cara a los juicios. Señalan que si hay unidades especializadas es, precisamente, porque estos policías necesitan una preparación más compleja.
Así pues depende del alto tribunal diseccionar la labor de esos funcionarios que se esconden para desmantelar a los traficantes partiendo del caso de A. R. L. En el escrito de impugnación a su condena dice que no se practicó «una mínima investigación» y no se puso en práctica un medios «menos lesivos», así como que se prolongó más de 5 meses.
El fiscal jefe Noreña instauró la práctica de avisar de la infiltración al juez decano