Bárbara Cosculluela El gran debate sobre la política general: «Todo lo divino y lo humano» (I)
► Esta sesión tiene como principal referencia el mensaje sobre el estado de la Unión de Estados Unidos
ElEl debate sobre el estado de la Nación es una costumbre parlamentaria y constitucional que consiste en un gran debate anual en el que se discute la orientación política general del Gobierno y se analizan sus resultados globales. Su consolidación, como costumbre, se ha producido a lo largo de casi cuatro décadas, desde que fuera introducida en 1983, en cuyo mes de septiembre se celebró por vez primera en el Congreso de los Diputados. Hoy existe una convicción política acerca de la obligatoriedad de su celebración, de la cual participan sus reglas esenciales de desarrollo. En este sentido, se diría que es una auténtica convención constitucional, pues, a pesar de la ausencia de previsión en la Constitución o en el Reglamento, implica un acuerdo entre las instituciones del Estado no regulado por escrito, que es respetado por estas en su proceder.
En el momento de su introducción se consideró, por quienes fueron sus protagonistas, como un éxito en sí mismo, en tanto que representaba la profundización en un estilo, una «forma democrática de vivir» en pacífica confrontación con el adversario político. En principio, nació, según los testigos directos, con la idea de reforzar la centralidad del Parlamento y dar un aire de modernidad, teniendo como principal referencia el mensaje sobre el estado de la Unión norteamericano en el que se inspiraba «libremente».
El State of the Union Address, es la solemne comunicación oral y en persona del presidente ante ambas Cámaras del Congreso de los Estados Unidos de América. Por un lado, el mensaje ofrece una visión del jefe del Estado acerca de las circunstancias y retos de la nación, ejerciendo el conocido como «liderazgo moral» de la Nación, del que hablara el presidente Wilson, pero también sirve de plataforma para anunciar el programa legislativo y de acción política y administrativa que pretende promover de cara al nuevo período. En el contexto del sistema presidencialista, el derecho de mensaje del presidente es uno de los puntos de contacto entre poderes separados e independiente, al objeto de articular la intervención recíproca en el ejercicio de las funciones capitales del Estado.
En este contexto de controles y equilibrios, «checks and balances», el mensaje tiene el efecto de reforzar la posición del Ejecutivo en la toma de la decisión política legislativa y en otras decisiones que requieren legitimación de las Cámaras. Es interesante interesante destacar que el «President´s Big Speech» no da lugar a un debate posterior en el Congreso. La «respuesta de la oposición» es la contestación al discurso del presidente por parte del partido que no controla la Presidencia del Ejecutivo, ya pueda tener aquel o no la mayoría parlamentaria, lo cual suele ocurrir con ocasión de las mid- term elections. La «Opposition Response» no tiene lugar en sede parlamentaria, sino que se graba en un lugar escogido por el partido, y se emite a través de los medios de comunicación poco después de emitir en directo el mensaje del presidente ante el Congreso, por lo que la sucesividad en la difusión de ambos mensajes otorga al conjunto cierta apariencia de debate no presencial sobre los grandes temas que afectan a la nación.
El debate del estado de nuestra Nación, a diferencia de todos los anteriores celebrados, no va a contar con la intervención del líder de la oposición, en tanto que no es diputado, y el debate se celebra en sesión del Congreso de los Diputados. No participa el Senado, ni conjunta ni separadamente. Acudirá a la sesión como senador, cosa a la que tiene perfecto derecho (artículo 66 del Reglamento del Congreso), y se sentará junto a la actual portavoz del grupo parlamentario reflejo del partido. Ante esta situación, podría adoptarse, sólo por esta vez, el mismo formato de respuesta de la oposición americana, pues las normas del debate en principio no le permitirán hablar, si quiera, en una interpretación estricta de las mismas, aunque sea personalmente aludido en los términos del artículo 71 del Reglamento del Congreso. Por un lado, la ausencia del cuerpo a cuerpo con el líder de la oposición podría restarle mucha potencia al debate, pero las circunstancias excepcionales que rodean esta vez el formato y la presencia de aquel en los escaños, aún sin poder hablar, pueden reponer la expectación que se precisa.
El formato de debate parece concebido como un examen del presidente, que entabla discusión con cada uno de los líderes parlamentarios separadamente. Gran parte de las críticas vertidas sobre su implantación en nuestro sistema, han destacado que sus efectos políticos hayan sido más bien el fortalecimiento de la figura del presidente del Gobierno que el del Parlamento. Se ha dicho que es una mala copia del modelo norteamericano allí donde no se dan las mismas condiciones, pues al no haber separación estricta de poderes y apoyarse el Gobierno en una mayoría del Parlamento: de un lado, existe la posibilidad de interrogar regularmente al Ejecutivo; y de otro, el Congreso aquí no tiene la misma independencia ni capacidad ab intra de filtrar las propuestas del Gobierno debido a la disciplina de partido. En efecto, las características del sistema presidencialista y de partidos norteamericanos determinan una dinámica peculiar que difiere de la que se desenvuelve en los regímenes parlamentarios.
Este recelo era más evidente en los inicios de su implantación, lo que se explica en buena medida, por el contexto del proceso político de mayorías absolutas. El principio presidencialista quedaba totalmente reforzado por el protagonismo del presidente del Gobierno y su combate dialéctico con los líderes parlamentarios en su conjunto. Así, en el año 1985, Leopoldo Calvo-Sotelo, ya entonces líder de la oposición, manifestaba irónico en el Debate sobre el estado de Nación al presidente Felipe González: «Me parece estimable su disposición a hablar una vez al año con los grupos parlamentarios de todo lo divino y lo humano. Bajo el título de «política general» caben muchas cosas, tantas que supongo que el señor presidente de la Cámara no tendrá que acudir al artículo 102 para llamarnos a la cuestión».
Sin embargo, el régimen parlamentario de Gobierno también cuenta con una institución paralela. La tradición de los Discursos de la Corona, propia de la etapa de la monarquía Constitucional del S.XIX, en la que Rey, situándose a la cabeza del Ejecutivo, compartía el poder con el Parlamento.
«Hoy existe una convicción acerca de su obligatoriedad»