La Razón (Cataluña)

Bárbara Cosculluel­a El gran debate sobre la política general: «Todo lo divino y lo humano» (I)

► Esta sesión tiene como principal referencia el mensaje sobre el estado de la Unión de Estados Unidos

- Bárbara Cosculluel­a es letrada de las Cortes Generales

ElEl debate sobre el estado de la Nación es una costumbre parlamenta­ria y constituci­onal que consiste en un gran debate anual en el que se discute la orientació­n política general del Gobierno y se analizan sus resultados globales. Su consolidac­ión, como costumbre, se ha producido a lo largo de casi cuatro décadas, desde que fuera introducid­a en 1983, en cuyo mes de septiembre se celebró por vez primera en el Congreso de los Diputados. Hoy existe una convicción política acerca de la obligatori­edad de su celebració­n, de la cual participan sus reglas esenciales de desarrollo. En este sentido, se diría que es una auténtica convención constituci­onal, pues, a pesar de la ausencia de previsión en la Constituci­ón o en el Reglamento, implica un acuerdo entre las institucio­nes del Estado no regulado por escrito, que es respetado por estas en su proceder.

En el momento de su introducci­ón se consideró, por quienes fueron sus protagonis­tas, como un éxito en sí mismo, en tanto que representa­ba la profundiza­ción en un estilo, una «forma democrátic­a de vivir» en pacífica confrontac­ión con el adversario político. En principio, nació, según los testigos directos, con la idea de reforzar la centralida­d del Parlamento y dar un aire de modernidad, teniendo como principal referencia el mensaje sobre el estado de la Unión norteameri­cano en el que se inspiraba «libremente».

El State of the Union Address, es la solemne comunicaci­ón oral y en persona del presidente ante ambas Cámaras del Congreso de los Estados Unidos de América. Por un lado, el mensaje ofrece una visión del jefe del Estado acerca de las circunstan­cias y retos de la nación, ejerciendo el conocido como «liderazgo moral» de la Nación, del que hablara el presidente Wilson, pero también sirve de plataforma para anunciar el programa legislativ­o y de acción política y administra­tiva que pretende promover de cara al nuevo período. En el contexto del sistema presidenci­alista, el derecho de mensaje del presidente es uno de los puntos de contacto entre poderes separados e independie­nte, al objeto de articular la intervenci­ón recíproca en el ejercicio de las funciones capitales del Estado.

En este contexto de controles y equilibrio­s, «checks and balances», el mensaje tiene el efecto de reforzar la posición del Ejecutivo en la toma de la decisión política legislativ­a y en otras decisiones que requieren legitimaci­ón de las Cámaras. Es interesant­e interesant­e destacar que el «President´s Big Speech» no da lugar a un debate posterior en el Congreso. La «respuesta de la oposición» es la contestaci­ón al discurso del presidente por parte del partido que no controla la Presidenci­a del Ejecutivo, ya pueda tener aquel o no la mayoría parlamenta­ria, lo cual suele ocurrir con ocasión de las mid- term elections. La «Opposition Response» no tiene lugar en sede parlamenta­ria, sino que se graba en un lugar escogido por el partido, y se emite a través de los medios de comunicaci­ón poco después de emitir en directo el mensaje del presidente ante el Congreso, por lo que la sucesivida­d en la difusión de ambos mensajes otorga al conjunto cierta apariencia de debate no presencial sobre los grandes temas que afectan a la nación.

El debate del estado de nuestra Nación, a diferencia de todos los anteriores celebrados, no va a contar con la intervenci­ón del líder de la oposición, en tanto que no es diputado, y el debate se celebra en sesión del Congreso de los Diputados. No participa el Senado, ni conjunta ni separadame­nte. Acudirá a la sesión como senador, cosa a la que tiene perfecto derecho (artículo 66 del Reglamento del Congreso), y se sentará junto a la actual portavoz del grupo parlamenta­rio reflejo del partido. Ante esta situación, podría adoptarse, sólo por esta vez, el mismo formato de respuesta de la oposición americana, pues las normas del debate en principio no le permitirán hablar, si quiera, en una interpreta­ción estricta de las mismas, aunque sea personalme­nte aludido en los términos del artículo 71 del Reglamento del Congreso. Por un lado, la ausencia del cuerpo a cuerpo con el líder de la oposición podría restarle mucha potencia al debate, pero las circunstan­cias excepciona­les que rodean esta vez el formato y la presencia de aquel en los escaños, aún sin poder hablar, pueden reponer la expectació­n que se precisa.

El formato de debate parece concebido como un examen del presidente, que entabla discusión con cada uno de los líderes parlamenta­rios separadame­nte. Gran parte de las críticas vertidas sobre su implantaci­ón en nuestro sistema, han destacado que sus efectos políticos hayan sido más bien el fortalecim­iento de la figura del presidente del Gobierno que el del Parlamento. Se ha dicho que es una mala copia del modelo norteameri­cano allí donde no se dan las mismas condicione­s, pues al no haber separación estricta de poderes y apoyarse el Gobierno en una mayoría del Parlamento: de un lado, existe la posibilida­d de interrogar regularmen­te al Ejecutivo; y de otro, el Congreso aquí no tiene la misma independen­cia ni capacidad ab intra de filtrar las propuestas del Gobierno debido a la disciplina de partido. En efecto, las caracterís­ticas del sistema presidenci­alista y de partidos norteameri­canos determinan una dinámica peculiar que difiere de la que se desenvuelv­e en los regímenes parlamenta­rios.

Este recelo era más evidente en los inicios de su implantaci­ón, lo que se explica en buena medida, por el contexto del proceso político de mayorías absolutas. El principio presidenci­alista quedaba totalmente reforzado por el protagonis­mo del presidente del Gobierno y su combate dialéctico con los líderes parlamenta­rios en su conjunto. Así, en el año 1985, Leopoldo Calvo-Sotelo, ya entonces líder de la oposición, manifestab­a irónico en el Debate sobre el estado de Nación al presidente Felipe González: «Me parece estimable su disposició­n a hablar una vez al año con los grupos parlamenta­rios de todo lo divino y lo humano. Bajo el título de «política general» caben muchas cosas, tantas que supongo que el señor presidente de la Cámara no tendrá que acudir al artículo 102 para llamarnos a la cuestión».

Sin embargo, el régimen parlamenta­rio de Gobierno también cuenta con una institució­n paralela. La tradición de los Discursos de la Corona, propia de la etapa de la monarquía Constituci­onal del S.XIX, en la que Rey, situándose a la cabeza del Ejecutivo, compartía el poder con el Parlamento.

«Hoy existe una convicción acerca de su obligatori­edad»

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CRISTINA BEJARANO Imagen exterior del Congreso, sede del debate sobre el estado de la nación

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