La Razón (Cataluña)

El TC no estudiará el recurso de amparo de Sito Miñanco

- L. R. N.

La Sección Cuarta del Tribunal Constituci­onal (TC) acordó ayer inadmitir el recurso de amparo presentado por la defensa de José Ramón Prado Bugallo –Sito Miñanco– contra la intervenci­ón de sus comunicaci­ones en la prisión de Estremera al entender que la cuestión carece de especial trascenden­cia constituci­onal.

En el auto, los magistrado­s explica n que el recurso encuentra origen en la decisión del director del centro penitencia­rio de intervenir por seis meses las comunicaci­ones del conocido narcotrafi­cante gallego. Los pinchazos telefónico­s fueron acordados en diciembre de 2020, y tras valorar que era necesario, el director informó al Juzgado de Vigilancia Penitencia­ria. Según explica el auto del TC, Sito Miñanco alegaba que las resolucion­es judiciales que impugna (el respaldo de la Audiencia Nacional y del Juzgado Central de Vigilancia Penitencia­ria a la decisión del director de la prisión) vulneraron sus derechos a la tutela judicial efectiva sin indefensió­n, a la igualdad ante la ley sin que pueda prevalecer discrimina­ción alguna, a la integridad física y moral, al secreto de las comunicaci­ones y a la presunción de inocencia. Sin embargo, los magistrado sdelTC señala n que el asunto no re viste trascenden­cia constituci­onal porque ya existe doctrina consolidad­a «que no pone en discusión la legitimida­d constituci­onal del control judicial ex post de la medida de intervenci­ón o suspensión de las comunicaci­ones de los presos prevista».

En el caso concreto de Sito Miñanco, la decisión de la intervenci­ón fue notificada al preso preventivo «inmediatam­ente» y se puso en conocimien­to del juzgado de vigilancia penitencia­ria, como exige la norma. «En definitiva, esta Sección no encuentra motivos para modificar una doctrina consolidad­a, cuya concreta aplicación al caso es el fundamento esencial del recurso de amparo», resuelven.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain