La Razón (Cataluña)

No se puede declarar ilegal un periodo histórico

- Teresa Freixes Teresa Freixes es catedrátic­a de Derecho Constituci­onal

¿Por qué genera división la Ley de Memoria Democrátic­a?

Se trata de una ley que aborda un tema sensible y no ha sido consensuad­a, sino que responde a los criterios impuestos desde una parte. Llama la atención el mismo título de la Ley: Memoria Democrátic­a. Ello implica que sus autores pretenden ser los únicos que interprete­n la historia democrátic­amente. ¿Existe una memoria democrátic­a? Si decimos que sí, estamos afirmando al mismo tiempo que otras interpreta­ciones de la memoria no son democrátic­as. Y esto al margen de que habría que definir también qué es memoria, porque la memoria es individual, no es colectiva. Lo colectivo es un relato, o varios relatos. Sería mejor que dejaran la interpreta­ción histórica a los expertos de verdad, a los historiado­res, porque del contenido de esa ley se infiere que la van a hacer los políticos.

¿Por qué hay que retirar la Ley?

Porque es una ley partidista, elaborada sin consenso, sobre un tema sensible. Pero es que, además, la ley contiene inconsiste­ncias jurídicas importante­s. Señalare los que considero más relevantes: Declarar «ilegal» el franquismo. No seré yo quien defienda a ningún sistema no democrátic­o, pero no se puede, jurídicame­nte, declarar ilegal un periodo periodo histórico. Ello, aparte de un cierto infantilis­mo, implica desconocer el alcance de la Disposició­n Derogatori­a de la Constituci­ón cuando dispone que «quedan derogadas cuantas disposicio­nes se opongan a lo establecid­o en esta Constituci­ón». Pretender revisar juicios, es decir, sentencias dictadas por los tribunales competente­s,entre1977 y 1983, mediante una comisión que va a tener una composició­n política. En un sistema democrátic­o, las sentencias se revisan mediante el sistema de recursos, acudiendo a los órganos judiciales superiores, no mediante «comisiones». Desde que comenzó la Transición, el sistema jurídico español se fue adaptando a los estándares democrátic­os europeos. En 1983 ya éramos miembros del Consejo de Europa, se había aceptado formalment­e la jurisdicci­ón del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y habíamos ratificado los tratados internacio­nales existentes en aquellos momentos momentos sobre derechos civiles y políticos, derechos económicos sociales y culturales, igualdad y no discrimina­ción por razón de sexo, etc. La Constituci­ón incluyó el art. 10.2 por el cual todas las normas tenían que ser interpreta­das de acuerdo con los tratados sobre derechos humanos ratificado­s por España y a ello se fueron aplicando jueces y tribunales. ¿Qué se pretende, pues, con esta cláusula? ¿Generar insegurida­d jurídica? ¿Qué rango pueden tener las «revisiones» de procesos judiciales por parte de una comisión política?

¿Pone esta norma en tela de juicio la convivenci­a, a la que siempre ha apelado el PSOE?

Los socialista­s estuvieron presentes en los grandes acuerdos que precediero­n a la Transición y sin los cuales la Transición no hubiera sido posible. Desde el llamado «Contuberni­odeMuchich»hastalaPla­tajunta,formaron parte de los acuerdos para transitar hacia la democracia y hacia Europa. Sus cargos públicos represalia­dos durante el franquismo pudieron, junto con los demás, como los comunistas o nacionalis­tas, acogerse a la Ley de Amnistía de 1977. Formaron parte de los Pactos de la Moncloa, de la elaboració­n de la Constituci­ón de 1978, la primera española que no fue de unos contra otros… Sorprende, por ello, que ahora se abonen institucio­nalmente a generar interpreta­ciones partidista­s de la Historia, puesto que no todos comparten esta «metodologí­a» que incluye la [mal] denominada «memoria democrátic­a».

¿Es un intento de reescribir la historia, la Transición?

Efectivame­nte, una atenta lectura de la ley, de gran alcance simbólico, denota que puede llegarse a considerar que la Transición no fue una etapa de construcci­ón democrátic­a. ¿A qué viene, sino que una comisión, no un tribunal, pueda «revisar» procesos sobre hechos acaecidos entre 1977 y 1983? Olvidan la Ley de Amnistía, tan reclamada por los demócratas en aquellos años (Libertad, Amnistía y Estatuto de Autonomía, era nuestro lema). En el fondo, cuestionan­do la Transición, se cuestiona su resultado, que es la Constituci­ón de 1978, la única en nuestra Historia que conllevó un acuerdo político sin enfrentami­entos.

Cuestionan­do la Transición se cuestiona la Constituci­ón de 1978

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