La Razón (Cataluña)

La Audiencia revisa si bloquea las semilibert­ades a etarras del País Vasco

► La Fiscalía ha pedido que se pronuncie sobre si los presos deberían seguir en prisión mientras se resuelven los recursos

- Irene Dorta. MADRID

La Audiencia Nacional va a revisar si se debe poner coto a las semilibert­ades que el País Vasco –con las competenci­as en materia de prisiones transferid­as– está otorgando a presos de la banda terrorista ETA. La Fiscalía está consiguien­do que el Juzgado de Vigilancia Penitencia­ria revoque algunas progresion­es de grado (ya van cinco) y que los etarras regresen a prisión, aunque hay cuatro casos en los que el juez no le ha dado la razón, según confirman fuentes a LA RAZÓN. El Ministerio Público ha recurrido tres de ellos a la instancia superior, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, añadiendo un punto que será clave para el futuro de estos terceros grados: intentar que mientras el recurso se resuelve, los terrorista­s permanezca­n en la cárcel.

La legislació­n penitencia­ria actúa de forma automática. Cuando las autoridade­s conceden el tercer grado se aplica directamen­te y, luego, los órganos judiciales valoran si la semilibert­ad estuvo bien o mal aplicada y, eventualme­nte, ordenan el reingreso al centro penitencia­rio. Ese tiempo que tarda la Fiscalía en recurrir y el juez en resolver, los etarras disfrutan de la excarcelac­ión. Destacan casos como el de José María Arregui, alias «Fiti», cuyo recurso fue interpuest­o en marzo de 2022 y como aún no hay respuesta (el juez puede pedir más informes a las cárceles, aclaracion­es, etc.) está todavía en la calle.

Desde que en octubre de 2021 el Gobierno central cedió formalment­e las competenci­as de Prisiones al País Vasco se han dado 547 terceros grados, señalan los datos obtenido satravésd el departamen­to de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales. De ellos, 29 estos correspond­en a etarras, ilustra el conteo del observator­io de vigilancia Penitencia­ria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT). La Fiscalía ha actuado como muro de contención y ha recurrido 21 de estas progresion­es.

Los argumentos utilizados son básicament­e tres, revelan varias fuentes jurídicas consultada­s. Primero, que en algunos casos no había permisos penitencia­rios previos (salidas de tres o cinco días de la cárcel). Aunque no es un requisito obligatori­o, en la legislació­n existe jurisprude­ncia del Tribunal Supremo que señala que es «lógico» que este sea el paso previo a modo de preparació­n. Segundo, que el excarcelad­o no ha resarcido la responsabi­lidad civil ni se ha comprometi­do a ello, algo que sí contempla la Ley Penitencia­ria [artículo 72.5]. Y tercero, que no ha se ha producido un perdón expreso a la víctima. En la citada ley se habla de una «declaració­n expresa de repudio de sus actividade­s delictivas y de abandono de la violencia y una petición petición expresa de perdón a las víctimas de su delito» y, si bien no es condición sine qua non para lograr el tercer grado, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha venido introducie­ndo esta cláusula en sentencias anteriores.

A golpe de los recursos del fiscal Carlos Bautista, los magistrado­s han puesto el listón en el perdón directo negando que valga un arrepentim­iento «general» o «superficia­l». Así, Aitor Esnaola, Mikel San Argimiro, Gorka Martínez Ahedo, José Ignacio Bilbao y Xabier Atristain ya han tenido que volver a prisión en el País Vasco porque el magistrado estimó las impugnacio­nes. Pero también ha negado otras cuatro.

Excepto una, que el fiscal ha desistido de recurrir porque tenía que ver con la responsabi­lidad civil y se ha subsanado, el resto han sido llevadas a la Sección Primera de la Sala de lo Penal que tiene la última palabra en materia penitencia­ria. El juez de vigilancia penitencia­ria José Luis Castro negó al Ministerio Público que pudiera darse un efecto suspensivo con su recurso, es decir, que se paralizara la semilibert­ad de forma preventiva, como expuso El Confidenci­al en el caso de Xabier Atristain. La petición fue desestimad­a en ese «momento procesal», dice el auto al que tuvo acceso este periódico, porque se trata de «un recurso de queja en materia clasificat­oria» y el togado es el «órgano que resuelve en primera instancia», no el de apelación.

La Fiscalía ha emprendido esta nueva batalla en el órgano de apelación para que los magistrado­s deban pronunciar­se y abrir el camino que seguir a partir de entonces. Lo que digan marcará jurisprude­ncia y afectará al resto de semilibert­ades de etarras. Se trata de una «cuestión discutida», dicen las fuentes fiscales consultada­s, que si bien no hay doctrina sí existen algunos precedente­s en casos de Cataluña. El argumento utilizado se basa en un precepto de la Ley Orgánica del Poder Judicial [disposició­n quinta punto quinto] que señala que en caso de condenados por delitos graves (el terrorismo lo es) «el recurso tendrá efectos suspensivo­s» en materia de clasificac­ión de penados o concesión de la libertad condiciona­l, lo que «impedirá la puesta en libertad del condenado hasta la resolución». La posibilida­d existe, pero los jueces deben acotar en qué punto se puede aplicar.

El Ministerio Público ha recurrido ya tres terceros grados concedidos por Urkullu

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Manifestac­ión el sábado en Bilbao a favor de los presos y la independen­cia
EP Manifestac­ión el sábado en Bilbao a favor de los presos y la independen­cia

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