Competencia fijará el tiempo de veto en la contratación pública
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado someter a audiencia e información pública el borrador de Comunicación AJ/02/22 sobre los criterios que empleará a la hora de imponer la prohibición de contratar con la Administración Pública a aquellas empresas que hayan sido sancionadas por vulnerar la normativa de defensa de la competencia, según informó ayer.
Con esta consulta, la CNMC pretende «recabar todas las aportaciones posibles de las personas físicas, empresas, asociaciones, organismos públicos y demás interesados para poder fijar unos criterios generales y comenzar a determinar en sus resoluciones sancionadores la duración y alcance de este tipo de prohibiciones», explicó.
En 2015, la normativa española en materia de contratación pública incluyó la prohibición de contratar con el sector público a las empresas y sujetos sancionados por haber cometido infracciones graves de falseamiento de la competencia. La Ley de Contratos del Sector Público establece que la determinación de la duración y alcance de la prohibición de contratar puede fijarse en la misma resolución sancionadora de la CNMC o por Hacienda, previa propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. La CNMC ha declarado la existencia de esta prohibición de origen legal en los expedientes sancionadores de conductas realizadas tras la entrada en vigor de la prohibición. Las resoluciones se han remitido a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado para que esta determine la duración y alcance de la prohibición. En todo caso, añade Competencia, varios pronunciamientos judiciales recientes han reconocido que la autoridad de competencia es la mejor situada para valorar de forma global las medidas de gravamen y sanción.