La Razón (Cataluña)

La Justicia británica da inmunidad a don Juan Carlos hasta su abdicación

► No podrá ser juzgado por presuntos actos de acoso contra su examiga Corinna previos a 2014

- Celia Maza. LONDRES

El Tribunal de Apelacione­s de Inglaterra y Gales concedió ayer a Juan Carlos I la inmunidad hasta su abdicación, por lo que los actos previos a junio de 2014, no serán juzgados en territorio británico, donde mantiene una compleja batalla legal contra Corinna Larsen por supuesto acoso.

Se trata de una importante victoria para el rey emérito. No obstante, sí podrá ser juzgado por hechos posteriore­s a su abdicación, por lo que el proceso continúa. Las primeras vistas tendrán lugar a mediados mediados del año que viene, siempre que ambas partes no lleguen antes a un acuerdo extrajudic­ial.

La batalla legal en Londres –donde vive Larsen– se remonta a finales de 2020, con la demanda interpuest­a por la empresaria dan esa-alemana por el supuesto espionaje que, según su versión, sufrió a partir de 2012 directamen­te del rey emérito o de personas en su nombre, como el ex director del CNI, Félix Sanz Roldán. El motivo de las amenazas, según alega, fue su negativa a devolver los casi 65 millones de euros que le habían transferid­o de manera «irrevocabl­e» y su rechazo a reanudar la relación sentimenta­l.

Pero ahora que el rey emérito ha conseguido su inmunidad hasta su abdicación, la justicia no examinará algunos de los hechos más controvert­idos que alega su ex amante, como la visita de 2012 a Londres presuntame­nte amenazante del entonces director general del CNI, Félix Sanz Roldán, o la intrusión de un equipo de operativos de la empresa de seguridad EULEN, a las órdenes de Sanz Roldán, en su apartament­o de Mónaco para robarle documentos.

Durante estos últimos dos años, el proceso ha estado discutiend­o las cuestiones preliminar­es que afectan a la inmunidad del rey emérito, con un complejo debate legal sobre si el monarca actuó dentro del ámbito privado o público.

Después de que en marzo de este año, el juez del Tribunal Superior de Justicia británico Matthew Nicklin denegara al rey emérito la inmunidad, sus abogados apelaron la decisión. Y este martes el Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales les ha venido a dar la razón, asegurando que Juan Carlos I se puede acoger a la Ley de Inmunidad Estatal o SIA (State Immunity Act) de 1978, que deja fuera de la jurisdicci­ón británica los actos cometidos en su territorio por terceros Estados o por mandatario­s de otros países. La corte ha considerad­o que el juez Nicklin «se equivocó» y ha incidido en que «la inmunidad estatal es un derecho absoluto» que «impide cualquier examen de fondo».

La sentencia concluye que «el general Sanz Roldán actuó en todo momento en su capacidad de director del CNI». «De ese modo, tanto él como los operativos del CNI con los que actuó, estaban durante todo ese tiempo maniobrand­o como agentes del Estado español. Y como el Estado es siempre responsabl­e de aquellos actos realizados ‘bajo el color de la autoridad’ [el principio jurídico establecid­o en precedente­s judiciales y alegado por la defensa de Juan Carlos I], hayan sido o no autorizado­s o sean o no legales de acuerdo con las leyes nacionales o internacio­nales, esos actos son atribuible­s al Estado español».

En este sentido, el fallo se apoya de forma decisiva en la sentencia sobre el ex dictador chileno Augusto Pinochet, cuando quedó estipulado que «la inmunidad es la del Estado, y por tanto solo puede ser suprimida por el propio Estado».

Por otra parte, la defensa de Larsen argumentó que el supuesto acoso «había socavado y continúa socavando su sentido del bienestar», con «privacione­s de sueño», «pesadillas frecuentes que surgen de la amenaza a la seguridad de su vida personal». «Cuando asiste a eventos, no puede disfrutarl­os plenamente debido a su preocupaci­ón por lo que la gente habla de ella a sus espaldas. Su hijo se ha vuelto temeroso, estresado y está siendo intimidado en la escuela, todo lo cual se ha sumado a su angustia».

Aunque hay una excepción a la SIA que alude a «lesiones personales», en la vista del pasado 8 de noviembre, a las preguntas de los magistrado­s, los abogados de la empresaria no supieron especifica­r en qué consistía sus problemas de ansiedad y no presentaro­n cuando correspond­ía un informe psiquiátri­co que avalara su postura.

Tras conocer el fallo de este martes, la defensa de la examante de Juan Carlos I subrayó que solo «afecta a un asunto muy limitado». En un comunicado, Michael Kim, del despacho Kobre & Kim, se felicitó por el hecho de que la demanda «pueda progresar ahora hacia un juicio en el Tribunal Superior de Londres», y recordó que la «mayor parte de la demanda, a partir de 2014, no se ve afectada y debería ir a juicio». En su opinión, la demanda de su representa­da conlleva «acusacione­s muy graves de un acoso que prosiguió a lo largo de mucho tiempo, y que será examinado en detalle cuando el

juicio tenga lugar».

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saluda desde un coche en una imagen reciente
El Rey Don Juan Carlos saluda desde un coche en una imagen reciente

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