El Juzgado archiva las denuncias sobre las torturas policiales durante el franquismo
El juez instructor sigue el criterio de la Fiscalía, la Audiencia y otros juzgados que alegan la prescripción y la Ley de Amnistía como fundamentos para archivar todas las denuncias
El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado un auto en el que acuerda el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones, y en consecuencia la inadmisión de los escritos de querellas relativos a las «detenciones por parte de la llamada Brigada Político Social de la Policía y a los hechos que sucedieron a tales detenciones». Dichas detenciones «aparecen conectadas entre sí como parte de una misma operación por parte de la tal unidad policial referida a integrantes del entonces ilegal mes de abril de 1971- Partido Comunista de España en el ámbito universitario valenciano y sus actividades propagandísticas igualmente delictivas al momento de los hechos».
Las querellas presentadas por estos hechos fueron acumuladas en una causa común, si bien, otros juzgados también recibieron algunas de ellas, como es el caso de Instrucción 7 de Valencia, que también dictó el archivo, que fue además ratificado por la Audiencia cuando se presentó recurso de apelación.
Al igual que en el informe que realizó la Fiscalía Provincial de Valencia en el que se recogía una instrucción de la Fiscalía General del Estado en la que quedaba patente que el delito estaba prescrito, el auto de Instrucción 15 dice que cabe «entender que los hechos objeto de las diferentes diligencias acumuladas en esta causa se hallarían prescrito siéndoles, adicionalmente, de aplicación la ley 46/1977 de 15 de octubre, de Amnistía. Siendo tanto la prescripción como la amnistía causas de extinción de la responsabilidad criminal».
Recoge el auto también que la imprescriptibilidad de los delitos de genocidio y lesa humanidad quedó establecida en el ordenamiento jurídico español mucho más tarde y sin posibilidad de aplicación retroactiva.
Recuerda el auto que «la Ley de Amnistía fue con secuencia de una clara y patente reivindicación de las fuerzas políticas ideológicamente contrarias al franquismo (...) Tuvo un evidente sentido de reconciliación pues la denominada Transición española exigió que todas las fuerzas políticas cedieran algo en sus diferentes posturas. Tal orientación a la reconciliación nacional, en la que se buscó que no hubiera dos Españas enfrentadas, se consiguió con muy diversas medidas de todo orden, una de las cuales fue la Ley de Amnistía».