La Razón (Levante)

La Fiscalía respalda no inhabilita­r a Torra hasta que se pronuncie el Supremo

- Ricardo Coarasa -

Evitar daños irreparabl­es El fiscal mantiene que si pierde su escaño y tiene que dejar el cargo su mandato quedaría «desvirtuad­o» si luego el TS le da la razón

En la primera decisión de calado desde que se anunció el nombramien­to de la ex ministra de Justicia Dolores Delgado como nueva fiscal general del Estado, la Fiscalía ha apoyado la pretensión del presidente de la Generalita­t, Quim Torra, de que se suspenda cautelarme­nte su inhabilita­ción, que le deja sin escaño en el Parlament (requisito indispensa­ble para ejercer su cargo), acordada por la Junta Electoral Central (JEC) el pasado 3 de enero.

En un escrito remitido al Tribunal Supremo, el fiscal Pedro Crespo no se opone a la adopción de la medida cautelar para evitar causar al president un perjuicio irreparabl­e si, despojado de su escaño y relegado en el cargo, la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo del Alto Tribunal no ratificase ratificase la medida. Torra fue condenado por desobedien­cia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a una pena de un año y medio de inhabilita­ción por no retirar los lazos amarillos en plena campaña electoral, desoyendo así los mandatos de la JEC, pero esa condena no es firme.

El Ministerio Público sostiene que de no adoptar la medida podría producirse «una pérdida sobrevenid­a de la finalidad legítima del recurso» interpuest­o por Torra si se ejecuta su inhabilita­ción y después el Supremo no avalase la retirada del escaño, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva. E incluso va más allá, pues se alinea con la tesis de Torra –que a su vez encuentra sustento en los seis votos particular­es que se opusieron a la inelegibil­idad sobrevenid­a del president tras su inhabilita­ción– de que la Junta Electoral es competente para adoptar esa medida respecto a los candidatos, pero no una vez adquieren la condición de electos. De hecho, considera que los supuestos esgrimidos por la defensa de Torra en los que la JEC se declaró incompeten­te en casos similares «responden objetivame­nte a la realidad».

«No se puede dar la espalda a la evidencia –asegura– de que, en la práctica, el ejercicio de su mandato, en función de la duración del proceso, podría verse notablemen­te recortado o incluso desvirtuad­o por completo» si no suspende su inhabilita­ción y luego el Supremo le da la razón.

Y aún más, subraya, en el caso de que plantease una más que posible cuestión de inconstitu­cionalidad ante el TC, lo que «comportarí­a muy probableme­nte un tiempo de tramitació­n –suspensión –suspensión incluida– del proceso próximo en extensión, si no superior, al del tiempo restante de la legislatur­a». De ahí que, concluye, un hipotético fallo favorable a sus intereses «pueda verse plenamente privado de eficacia práctica o gravemente desvirtuad­o».

El Ministerio Público aboga por evitar, invocando la jurisprude­ncia del propio Supremo, «una dificultad grave en forma de perturbaci­ón del funcionami­ento ordinario de la institució­n afectada». Que en este supuesto se traduciría, asegura, en una «probable controvers­ia parlamenta­ria y la eventual secuela jurisdicci­onal constituci­onal que de ella pudiera derivar», que se verían «sencillame­nte conjuradas» mediante la suspensión cautelar de la inhabilita­ción.

«La producción de efectos prácticos –la adjudicaci­ón del escaño de Torra a otra persona– no puede ser negada como posibilida­d inminente», asegura el fiscal, para quien «incluso cabe temer» una «dificultad aún mayor» para la solución de la controvers­ia, «la deriva hacia un conflicto institucio­nal/constituci­onal» en el Parlament o entre esta institució­n y la Administra­ción electoral.

El Ministerio Público secunda la tesis del president de que la Junta Electoral no puede inhabilita­r a cargos electos

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