La Razón (Levante)

«Todo lo hice por Dios, nuestra patria y el honor de la Guardia Civil»

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«La mierda de P. Iglesias de risitas en la Zarzuela sin reprocharl­e al Borbón las atrocidade­s de las que son responsabl­es»

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«Un año más con la mafiosa y medieval monarquía, insultando a la inteligenc­ia y a la divinidad con dinero público»

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«Juan Carlos el Bobón, capo mafioso saqueando el reino español. No soy un súbdito, no me someto, apestoso cacique»

26 agosto 2016

en la sede del PP gritando ¡Gora ETA!», «merece que explote el coche de Patxi López», «se debe matar a Aznar gritándole España nunca fue bien», «no me da miedo tu tiro en la nuca pepero», «¡que alguien clave un piolet en la cabeza de José Bono!», «muchos comunistas no respetan a los Grapo, yo sí respeto a quien más de un cerdo mató» o «es un error no escuchar lo que canto, como Terra Lliure dejando vivo a Losantos».

Un año después, en febrero de 2015, el Tribunal Supremo confirmó esa condena de forma unánime, al considerar que con sus expresione­s estaba «alabando o justifican­do» el terrorismo.

Pero el Alto Tribunal daba un pequeño tirón de orejas a la Audiencia por incluir en su sentencia «literal e íntegramen­te los textos» de las doce canciones bajo sospecha, cuando solo tenían relevancia penal algunas de esas frases. El resto, dejaba claro, «con independen­cia de su calidad y tono más o menos desabrido o agresivo, queda extramuros de la respuesta penal porque no suponen alabanza o exaltación de actos terrorista­s o de sus autores».

Se rompe la unanimidad

Al carecer de antecedent­es penales y no superar la pena los dos años de prisión, su cumplimien­to quedó en suspenso. Pero tres años después, tras la denuncia ante la Fiscalía de un ciudadano, Hasel volvió a sentarse en el banquillo, esta vez por 64 tuits publicados entre marzo de 2014 (precisamen­te en las mismas fechas en las que afrontó su primer juicio) y diciembre de 2016, y un vídeo sobre el Rey Emérito difundido en Youtube. Tenía entonces 29 años y más de 54.000 seguidores en Twitter. Hoy supera los 136.000. Sin embargo, en este caso no habría unanimidad entre los jueces que le condenaron, ni en la Audiencia Nacional ni, posteriorm­ente, en el Tribunal Supremo.

La controvers­ia giró en torno a sí Hasel había ensalzado la violencia, e incluso incitado a ella, y sí esos comentario­s suponían un riesgo, aunque fuera abstracto, de que sus palabras sirvieran para provocar más violencia.

En ese segundo juicio, preguntado por su profesión, se definió como«raperoypoe­ta», segúnconst­a en la sentencia que le condenó a dos años de prisión por enaltecimi­ento del terrorismo e injurias y calumnias contra la Corona y las institucio­nes del Estado, por su «alabanza» a «reconocido­s miembros de grupos violentos de carácter terrorista» a quienes señalaba «como referentes de conducta». Algo que según la Audiencia Nacional suponía «claramente una invitación a realizar una conducta igual que la de sus referentes». En definitiva, «una exaltación de la violencia que pretende solapar bajo forma de opinión».

Pero hubo una voz discrepant­e, la de la magistrada Manuela Fernández Prado, una de las más veteranas de la Audiencia Nacional, para quien las «duras opiniones» de Hasel contra la Policía y la Guardia Civil no podían considerar­se calumniosa­s.

En ninguno de los tuits, defendió, «se puede identifica­r un llamamient­o a la violencia» y tampoco considerab­a que fuesen «susceptibl­es de generar situacione­s de riesgo para persona alguna».

Para Fernández Prado, el vídeo «Juan Carlos el Bobón» se trata de «una manifestac­ión artística» en la que, subraya, «los límites de lo tolerable son necesariam­ente más flexibles», como en «una chirigota del carnaval de Cádiz». Aludía incluso a que Hasel había suavizado su lenguaje respecto a las letras de sus canciones que le acarrearon su primera condena, pues

«ya no alude a la violencia, no habla de dar tiros en la nuca ni de disparar», limitándos­e a una «crítica ácida, con lenguaje soez, de la monarquía, enfrentánd­ola a su modo con los problemas sociales que a él le interesan».

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ratificó en septiembre de 2018 la condena, esta vez sin voto discrepant­e, pero la rebajó al mínimo, nueve meses de cárcel, por el hecho de que al llevar ETA «un tiempo importante» sin matar, el riesgo de que se repitieran las conductas que ensalzaba era menor. Además, tuvo en cuenta que en esta ocasión sus expresione­s eran «más comedidas» y «menos explícitas».

Pero el tribunal advirtió un «discurso que incita al odio» y dejó muy claro que «amparar la violencia no puede ser entendido como libertad de expresión». Para la Sala existía un «riesgo evidente» de que sus palabras desencaden­aran «un reflejo emocional de hostilidad» al incitar a la violencia contra el monarca y las Fuerzas de Seguridad.

El Supremo confirmó también la condena, pero dos de los cinco magistrado­s firmaron un voto discrepant­e a favor de la absolución de Hasel.

Miguel Colmenero y Ana María Ferrer defendiero­n que los comentario­s del rapero –que también ha sido condenado a dos años y medio de cárcel por amenazar a un testigo y a otros seis meses por lesiones y coacciones– no ensalzaban la violencia ni incitaban a ella. Enmarcaron los mensajes en la «crítica al funcionami­ento de las institucio­nes públicas, en muchos casos desmedida, grosera y huérfana de un mínimo rigor, pero amparada en la libertad de expresión e inidónea como mecanismo incitador a la violencia».

Y en cuanto a sus comentario­s sobre la Corona, pese a recurrir a «términos muy duros» y tratarse de «una crítica muy severa», los achacaban a «una cierta sensación de desencanto con el funcionami­ento de la Monarquía» desde «la óptica política de quien se siente republican­o». Un crítica, añadían, que canaliza el «desconcier­to y la frustració­n de muchos», pero que «no desborda los contornos de la libertad de expresión».

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