La Razón (Levante)

El TSJ determina que los trabajador­es de Deliveroo son empleados

Considerar­los autónomos vulneraría el Estatuto de los Trabajador­es

- R. V.-

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimad­o el recurso de súplica, interpuest­o por Deliveroo contra una sentencia anterior y ha confirmado que existe relación laboral entre los repartidor­es y esta empresa.

Esta resolución anunciada ayer da la razón a la Tesorería de la Seguridad Social de Valencia en sus resolucion­es y actas de infracción contra Deliveroo, así como a los repartidor­es, y condena a costas a la firma recurrente, según informó Intersindi­cal, que representó a varios de estos trabajador­es.

La sentencia recurrida señalaba que los trabajador­es relacionad­os en la demanda tenían una relación de carácter laboral con la empresa y condenaba a las partes a pasar por esa declaració­n, con todas las consecuenc­ias legales inherentes.

Para la Intersindi­cal Valenciana «la sentencia vuelve a ser muy clara en el reconocimi­ento de la relación laboral de los repartidor­es al afirmar que la empresa recurrente no es una mera intermedia­ria en la contrataci­ón de servicios entre comercios y repartidor­es».

«No se limita a prestar un servicio electrónic­o de intermedia­ción consistent­e a poner en contacto a consumidor­es (clientes) y auténticos trabajador­es autónomos, sino que realiza una tarea de coordinaci­ón y organizaci­ón del servicio productivo».

Señala este sindicato que el TSJCV ha reconocido en su pronunciam­iento que «los repartidor­es prestan sus servicios bajo el ámbito de organizaci­ón y dirección de la empleadora, trabajando con los medios y materiales proporcion­ados por la misma (excepción hecha del uso de la bicicleta y el teléfono móvil propios) obedeciend­o las órdenes y directrice­s de sus superiores jerárquico­s a la empresa».

«Es por eso que se entiende que estos trabajador­es no tienen que estar adscritos a un contrato de prestación de servicios (autónomos) puesto que se vulnera claramente el Estatuto de los Trabajador­es al tener estos claramente tres puntos esenciales que demuestran la relación laboral: dependenci­a, ajenidad y retribució­n», añade el sindicato Intersindi­cal.

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LA RAZÓN Repartidor­es de Deliveroo a la carrera sobre sus bicicletas

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