El Gobierno hará una lista negra con empresas morosas
► PSOE y Podemos introducen cambios en la ley de morosidad para sancionar y señalar
Señalar con el dedo a las empresas que se retrasen en sus pagos. Eso es lo que hará el Gobierno a partir de ahora tras dar luz verde a la creación de una lista negra anual de empresas que hayan incumplido con los plazos legales de pago a proveedores que establece la Ley de Morosidad, que afecta a aquellas que registren 600.000 euros en facturas impagadas fuera del plazo legal y a las que durante el ejercicio anterior al que esté en curso hagan sus pagos a proveedores fuera de plazo superen el 10% del total. Esta es una de los cambios acordados por PSOE y Podemos al proyecto de ley de creación y crecimiento empresarial que será presentado próximamente, en el que también incluyen sanciones económicas y pérdidas de hasta el 50% de los contratos con la Administración de las empresas que incumplan los términos de esta ley.
Además, los grupos que integran el Gobierno de coalición pretenden ampliar las capacidades del nuevo Observatorio Estatal de Morosidad –se prevé su creación en los primeros seis meses desde la aprobación de la ley– para que pueda señalar públicamente a las grandes empresas que más incumplen los plazos legales. Ademero
El plan afecta también a las que registren 600.000 euros en facturas que no cumplen plazos
más de a las empresas que a 31 de diciembre del año anterior cuenten con el citado importe total de facturas impagadas de 600.000 euros, el listado también incluirá a empresas que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, es decir, aquellas que cumplan dos de estas tres condiciones: contar con más de 4 millones de euros, una cifra de negocio superior a 8 millones, y más de 50 empleados, según la enmienda a la que ha tenido acceso Europa Press.
El Observatorio tendrá potestad para mostrar públicamente el núde
núde identificación fiscal de la empresa y las cantidades impagadas dentro de los plazos establecidos por la normativa de morosidad. Queda a expensas de un posterior desarrollo reglamentario otra información adicional, como el procedimiento de información y alegaciones para los afectados así como el medio la permanencia de la publicación del listado.
Estos cambios normativos podrían bordear la ilegalidad. Por eso, ambos socios de Gobierno defienden que «este tipo de actuación no iría, a priori, en contra de la normativa de protección de datos ya que se trata solo de personas jurídicas que no estén amparadas por la protección de datos de carácter personal», ya que la normativa de protección de datos ampara a personas físicas y no jurídicas.