La Razón (Levante)

El TEDH confirma una condena a España y agita el temor de las víctimas

► Estrasburg­o considera vulnerados los derechos de Atristain y deja en el aire posibles excarcelac­iones de más etarras

- Irene Dorta,

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó ayer, como ya preveía el Ministerio de Justicia, el recurso que presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia de Estrasburg­o que condenó a España por haber vulnerado el derecho a un proceso justo al etarra Xavier Atristain. El fallo pasa a ser firme. Las asociacion­es de víctimas habían dado la voz de alarma por si esto se traducía en una excarcelac­ión masiva como sucedió con la «doctrina Parot», pero fuentes del Ministerio de Justicia aseguran que no se aplicará de forma automática a casos similares, sino que habrá que ver caso por caso.

El recurso de los servicios jurídicos del Gobierno no ha pasado el primer filtro este lunes que decidía si el tema lo veía la Gran Sala en Estrasburg­o. El porcentaje de recursos que prosperan es tan pequeño que Justicia no tenía muchas esperanzas, así que tendrá que indemnizar a Atristain con 20.000 euros. La condena se produjo el pasado 18 de enero cuando el TEDH creyó vulnerados los derechos del etarra que había sido condenado por el Tribunal Supremo a 17 años de cárcel por pertenenci­a a banda terrorista y tenencia de armas.

El asunto en disputa nace en las dependenci­as de la Guardia Civil en 2010 cuando el terrorista fue detenido y pasó a prisión incomunica­da. Una figura que contempla la ley para casos excepciona­les como este de terrorismo- y que consiste en que en el plazo máximo de cinco días el acusado no puede tener un abogado de su elección (sí a uno de oficio), ni hablar con él antes de la declaració­n, ni comunicars­e con nadie en ese periodo. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) -que la semana pasada se reunió con el secretario de Estado de Justicia preocupado­s por este asunto- advirtió de que la sentencia podría terminar en excarcelac­iones masivas. Si de la lectura del fallo europeo europeo se extraía que la prisión incomunica­da por el hecho de no haber accedido a su abogado había vulnerado los derechos de Atristain, la avalancha de peticionar­ios de presos de ETA podría ser mayúscula.

En Justicia señalan que nada de eso. Defienden que se trata de un caso concreto en el que no se permitió el acceso al abogado y que, de revisarse esta situación, debería hacerse caso a caso. Este lunes se reunió el Panel de la Gran Sala del tribunal para discutir si admitía un total de siete recursos entre los que se incluía el recurso de España. En caso de que los jueces hubieran dado el sí la resolución final podría haberse demorado hasta un año. La negativa a estudiar siquiera el recurso sitúa la pelota en el tejado del Tribunal Supremo que tendrá que decidir ahora qué hace con Atristain quien está ya en libertad.

Las dudas se expanden hasta dónde afecta esta condena, si pone en jaque la prisión incomunica­da. «Los tribunales no tuvieron en cuenta el hecho de que el solicitant­e hizo una nueva declaració­n a pesar de la oposición de su representa­nte legal, quien estuvo presente e indicó su oposición a la nueva entrevista y se negó a firmar su acuerdo», relataron los jueces europeos.

En cualquier caso, en 2015, después precisamen­te de lo sucedido con «Parot» se modificó la ley para aplicar las sentencias que vienen de Estrasburg­o. De forma que ya no se hace automática­mente, hay un tiempo para que los que crean que sus derechos hayan sido vulnerados interponga­n recursos de revisión. Cada caso se vería uno a uno, dicen en Justicia, y sería de aquí a futuro porque todos aquellos con situacione­s similares que no recurriera­n en su momento están fuera del plazo de cuatro meses que contempla la norma.

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EFE El etarra Xavier Atristain a quien el TEDH ha dado la razón y España tendrá que indemnizar

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