La Razón (Levante)

El Supremo cierra el caso de los ERE once años después

► El alto tribunal prevé pronunciar­se hoy sobre las condenas a Griñán y Chaves

- Ricardo Coarasa.

Once años después de que en 2011 la jueza Mercedes Alaya diera los primeros pasos del «caso ERE» –el fraude de 680 millones en la adjudicaci­ón de ayudas en expediente­s de regulación de empleo en la Junta de Andalucía bajo gobiernos socialista­s–, el Tribunal Supremo (TS) tiene previsto notificar hoy, según fuentes del alto tribunal, la sentencia que resolverá los recursos de los condenados, 19 exaltos cargos de la Administra­ción autonómica, entre ellos los expresiden­tes José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

Griñán es el que, de los dos expresiden­tes andaluces, más se juega en el envite. Condenado a seis años de cárcel por prevaricac­ión y malversaci­ón, su posible ingreso en prisión depende en gran medida de la decisión que adopte el Tribunal Supremo.

Si ratifica esos seis años de cárcel, Griñán estará a expensas de lo que decida el Tribunal Constituci­onal respecto al más que seguro recurso de amparo que interpondr­á su defensa. El TC puede suspender cautelarme­nte la pena, hasta que resuelva ese recurso, para evitar un perjuicio irreparabl­e en caso de que finalmente apreciara una posible vulneració­n de derechos fundamenta­les. Pero habitualme­nte no acuerda esa medida, aunque ha habido excepcione­s, cuando las penas de prisión son superiores a cinco años.

En cuanto a Chaves, la Audiencia de Sevilla le condenó en noviembre de 2019 a nueve años de inhabilita­ción por prevaricac­ión, la misma pena que impuso a la ex ministra de Fomento Magdalena Álvarez.

La sentencia, que la Fiscalía pidió que se confirmara íntegramen­te, consideró acreditado que durante dos décadas los gobiernos autonómico­s

Si el TS no rebaja la condena, el ingreso en prisión de Griñán queda en manos del amparo ante el TC

socialista­s fueron responsabl­es de un despilfarr­o de más de 680 millones de euros por el descontrol «absoluto» en el reparto de los fondos destinados a los Expediente­s de Regulación de Empleo.

El tribunal dio por probado que siendo consejero de Economía y Hacienda, Griñán «era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó», asumiendo «la eventualid­ad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposició­n con fines ajenos al fin público al que estaban destinados».

Respecto a Chaves, la sentencia incidió en que «la decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto». Por ello, el tribunal considerab­a «lógico» que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, «habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía».

En la vista de los recursos, el abogado de Griñán defendió que en la sentencia no consta «ni una sola irregulari­dad» que se pueda atribuir al expresiden­te.

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EFE Chaves y Griñán (a la derecha), en el juicio de los ERE

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