La defensa de Grau pide su libre absolución
► El abogado sostiene que si las empresas pagaron gastos, no hay malversación
El abogado del exvicealcalde de Valencia Alfonso Grau sostuvo ayer en su informe final que «si fue el dinero de las empresas el que pagó los gastos electorales de un partido (PP), eso no tiene nada que ver con la malversación de caudales públicos», al tiempo que pidió la libre absolución del que fue mano derecha de Rita Barberá durante cerca de 20 años.
El letrado Jesús Bonet leyó su informe final en la última sesión del juicio por la pieza A del caso Imelsa, en la que están procesados Alfonso Grau, la exsecretaria del grupo municipal del PP Mari Carmen García Fuster, el exgerente de la Fundación Turismo Valencia José Salinas y el exresponsable de la Fundación de la Comunitat Valenciana para la Innovación Urbana Juan Eduardo Santón.
Grau, de 83 años, está acusado de los delitos de malversación, cohecho en su modalidad continuada y falsedad documental en relación a supuestas corruptelas para engordar la «caja B» del partido y financiar con ella las campañas electorales del PP de Valencia en 2007 y 2011.
Ya fue condenado por cohecho (9 meses y 1 día de prisión) por aceptar como regalo dos relojes de lujo de un empresario que había suscrito 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015.
La defensa de Grau criticó la inclusión al final del juicio de la acusación de falsedad documental. «El fiscal piensa en que se ha falseado algo para dar cobertura a la malversación, que no se sostiene», ya que a juicio de este letrado las fundaciones que supuestamente derivaron fondos para las campañas del PP no pertenecían al sector público. Para sostener esta tesis, Bonet citó varios párrafos de la sentencia del caso Nóos, en el que Grau -presidente de Turismo Valenciafue Valenciafue absuelto.
«Si son las aportaciones empresariales (de empresas adjudicatarias del Consistorio) las que motivan el delito, estaríamos ante un supuesto de financiación ilegal», manifestó el letrado en referencia a un delito que no se incorporó al Código Penal hasta 2015.