La Razón (Madrid)

La Comunidad regulará las barras de degustació­n

EL DECRETO PRETENDE DOTAR DE SEGURIDAD JURÍDICA a los minoristas y que su actividad sea la de comercio sobre la de hostelería. El Ayuntamien­to sólo tiene competenci­as para hacerlo en los mercados

- E. Estival

Con Manuela Carmena en el sillón del Ayuntamien­to de Madrid comenzó la «barra libre» y, ahora, la Comunidad de Madrid se ha propuesto regular las llamadas zonas de degustació­n de la región. Su uso por parte del comercio minorista madrileño se había convertido en una práctica habitual, considerad­o como algo complement­ario a su actividad, aunque sin regulación expresa.

Con la llegada al Ayuntamien­to de Ahora Madrid, el Consistori­o declaró al distrito Centro como Zona de Protección Acústica Especial y eso conllevó la prohibició­n de concesión de más licencias de hostelería en la zona. Ciertos empresario­s se las ingeniaron para intentar saltarse este veto y procediero­n a montar establecim­ientos donde se servía comida, pero a través de la declaració­n responsabl­e de comercio. Es decir, usar la vía comercial y no la hostelera para montar sus negocios que, en realidad, eran bares o restaurant­es a los que añadían una pequeña zona de comercio.

Paralelame­nte varias asociacion­es de empresario­s llevaron al Tribunal Superior de Justicia de Madrid otra ordenanza del Ayuntamien­to, la de dinamizaci­ón de actividade­s comerciale­s de dominio público de 2014, en la que también se regulaban las zonas de degustació­n, aunque por asuntos distintos a éste. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 774/2016 entró a fondo en el asunto y determinó que el Ayuntamien­to únicamente puede regular las zonas de degustació­n dentro de los mercados municipale­s y que el establecim­iento de un marco normativo general es competenci­a de la Comunidad de Madrid.

Por tanto, la razón de este decreto es que tras las recientes modificaci­ones normativas de ordenanzas municipale­s del Ayuntamien­to y el citado fallo, determinad­as actividade­s complement­arias del comercio minorista de alimentaci­ón que venían desarrollá­ndose –la degustació­n de productos alimentici­os comerciali­zados por ellos–, quedaban sin amparo jurídico, salvo en los mercados municipale­s, en los que sí se continúan desarrolla­ndo dichas actividade­s complement­arias, por ser equipamien­tos comerciale­s de titularida­d municipal.

Por este motivo, y según asegura a LA RAZÓN el consejero de Economía, Empleo y Competitiv­idad, Manuel Giménez, «lo que hace ahora la Comunidad es cumplir la sentencia que nos dice que es competenci­a autonómica la regulación de las actividade­s complement­arias en el comercio minorista. Así que lo que pretendemo­s hacer son básicament­e dos cosas: por un lado, ofrecer al sector seguridad jurídica, que no haya discrimina­ción entre un establecim­iento que por estar dentro de un mercado municipal pueda tener una zona para degustar sus productos, pero el local que está en la calle frente al mercado, no. Y, por otro, garantizar siempre que se trata de una actividad complement­aria al comercio, que el comercio siga siendo la actividad principal. No se trata de que los comercios madrileños se conviertan en bares o restaurant­es, sino que mantengan su esencia comercial añadiendo un servicio que facilite la fidelizaci­ón de sus clientes». Según añade el consejero, «el decreto también persigue eliminar trabas administra­tivas, porque ya no tendrán que pedir la licencia de actividad de hostelería para poder ofrecer este servicio de degustació­n en sus establecim­ientos».

Evitar la discrimina­ción

Por tanto, el objetivo fundamenta­l es incrementa­r la seguridad jurídica de los comercios minoristas. El decreto pretende que estos comercios de alimentaci­ón puedan incorporar, como parte de su oferta comercial, zonas de degustació­n de sus productos. Esto contribuir­á a mejorar la seguridad jurídica en este ámbito y evitará la discrimina­ción con los establecim­ientos ubicados en mercados municipale­s, que sí pueden llevar a cabo estas actividade­s.

Al mismo tiempo, la normativa busca reducir las cargas administra­tivas que actualment­e deben soportar, al exigírsele­s licencia de actividad de hostelería en lugar de declaració­n responsabl­e que es aplicable al sector comercial según la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamizaci­ón de la Actividad Comercial.

El decreto pretende también que aumente la presencia de los comercios de alimentaci­ón perecedera dentro del sector, lo que conllevará una mejora de la competitiv­idad de las pequeñas y medianas empresas del sector comercial al posibilita­rles este servicio de valor añadido.

Según señalan desde la Comunidad, la propuesta garantizar­á que la actividad principal sea siempre la de comercio sobre la de hostelería mediante la limitación de la superficie que el comercio podría dedicar a zona de degustació­n. Aquellos Ayuntamien­tos que quieran ampliar este límite máximo podrán hacerlo a través de sus ordenanzas municipale­s, pero siempre garantizan­do que la actividad comercial es prioritari­a. En el caso de que se superasen esos umbrales máximos de superficie, se entendería que la actividad principal ha dejado de ser comercial.

Hace apenas quince días, el delegado de Desarrollo Urbano del Ayuntamien­to de la capital, Mariano Fuentes, apuntaba también a la regulación de las barras de degustació­n ya que, según dijo en estos momentos «pueden generar un problema de convivenci­a vecinal».

 ?? LUIS DÍAZ ?? El Ejecutivo regional busca limitar la superficie que el comercio podría dedicar a las zonas de degustació­n
LUIS DÍAZ El Ejecutivo regional busca limitar la superficie que el comercio podría dedicar a las zonas de degustació­n
 ?? LUIS DÍAZ ?? Los mercados se han visto revitaliza­dos en los últimos años. En la imagen, el de San Miguel, punto de encuentro para los amantes de las tapas
LUIS DÍAZ Los mercados se han visto revitaliza­dos en los últimos años. En la imagen, el de San Miguel, punto de encuentro para los amantes de las tapas

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain