La Razón (Madrid)

Griñán y Chaves se desmarcan del fraude de los ERE

► Sus defensas niegan cualquier responsabi­lidad y piden al Supremo su absolución

- Ricardo Coarasa.

Las defensas de José Antonio Griñán –condenado a seis años de prisión y 15 de inhabilita­ción por malversaci­ón y prevaricac­ión– y Manuel Chaves –a quien la Audiencia de Sevilla impuso una pena de nueve años de inhabilita­ción– desmarcaro­n ayer a los dos expresiden­tes socialista­s de la Junta de Andalucía del millonario fraude de los ERE.

En la vista celebrada en el Tribunal Supremo para exponer ante la Sala los argumentos de los recursos de los 19 condenados y de las acusacione­s (Fiscalía y PP, que intervendr­án hoy), los letrados reclamaron al tribunal la absolución de sus defendidos porque ni dictaron resolución arbitraria alguna (esencia del delito de prevaricac­ión) ni, en el caso de Griñán (condenado también por malversaci­ón), tenía capacidad alguna de disposició­n sobre los polémicos fondos de ayudas sociolabor­ales.

Ambos fueron condenados por su responsabi­lidad en el desvío de 680 millones de euros destinados a expediente­s de regulación de empleo y a ayudar a empresas en crisis, que sin embargo se repartiero­n de forma arbitraria y sin control alguno.

Según la defensa de Griñán, la sentencia de la Audiencia de Sevilla no identifica «ni una sola irregulari­dad» cometida por su cliente. «No puede malversar quien no puede decidir sobre el destino de los fondos fondos ”», recalcó el abogado José María Calero, quien aseguró que cuando Griñán era consejero de Economía y Hacienda (entre 2004 y 2009) «jamás tuvo a su cargo» la partida de los ERE ni tampoco «la capacidad de disposició­n de esos fondos». Además, añadió para rebatir la condena por malversaci­ón, «no se ha probado ningún ánimo de lucro».

El abogado hizo hincapié en que Griñán no «miraba para otro lado” y puso en valor que en sus años como consejero asumió «todas las

El letrado de Griñán: «No puede malversar quien no puede decidir el destino de los fondos»

indicacion­es» de la Intervenci­ón.

Por su parte, el abogado de Manuel Chaves, Pablo Jiménez de Parga, centró sus esfuerzos argumental­es en negar que las resolucion­es del Consejo de Gobierno de la Junta en las que participó como presidente puedan ser considerad­as como resolucion­es administra­tivas, y mucho menos de carácter arbitrario, lo que constituye el eje del delito de prevaricac­ión por el que fue condenado a nueve años de inhabilita­ción.

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EFE El tribunal escucha ayer los argumentos de las defensas de los 19 condenados en la sentencia de los ERE

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