La Razón (Madrid)

El TC deja en el aire el acta de Alberto Rodríguez

► Admite a trámite sus recursos pero no decidirá sobre su escaño sin escuchar a Meritxell Batet

- Ricardo Coarasa.

El Tribunal Constituci­onal (TC) admitió ayer a trámite los recursos de amparo que interpuso el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Supremo que en octubre del pasado año le condenó por dar una patada a un policía y contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de ejecutar la sentencia y retirarle el escaño.

Pero, pese a tramitar esos recursos (sobre los que decidirá el Pleno), la institució­n se niega a suspender de forma cautelarís­ima la medida (sin recabar la opinión de la presidenta del Congreso), lo que hubiera supuesto que el exparlamen­tario hubiese recuperado su acta de diputado de forma provisiona­l hasta que el TC se pronuncias­e sobre el fondo de los recursos. Ahora, el TC abre una pieza se medidas provisiona­les para tomar una decisión al respecto tras escuchar a todas las partes.

El Pleno ha acordado tramitar esos recursos al entender que en ambos «concurre especial trascenden­cia constituci­onal porque ambos plantean un problema o afectan a una faceta de un derecho fundamenta­l sobre el que no hay doctrina» en el tribunal y porque el asunto, añade, «trasciende del caso concreto, porque pudiera tener unas consecuenc­ias políticas generales».

El Supremo condenó al exdiputado morado a 45 días de prisión (sustituido­s por el pago de una multa, que abonó) y a una pena de inhabilita­ción, que llevó a Batet a dejarle sin escaño, por propinar una patada a un agente en una protesta contra la política educativa del PP que tuvo lugar en Tenerife en 2014.

La defensa del exdirigent­e de Podemos considera que Batet se extralimit­ó y se saltó la ley al dejar a Rodríguez sin acta. En la petición de amparo contra esa resolución, solicitaba que suspendies­e de forma cautelarís­ima ese acuerdo y advertía: «Cada día que pasa se va constatand­o el perjuicio y se va privando, día a día, de efectivida­d al presente recurso».

El TC deberá dilucidar si se produce una causa de inelegibil­idad sobrevenid­a cuando la pena de inhabilita­ción es accesoria a la de prisión y ésta, como en este caso, se sustituyó por el pago de una multa.

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