El TC deja en el aire el acta de Alberto Rodríguez
► Admite a trámite sus recursos pero no decidirá sobre su escaño sin escuchar a Meritxell Batet
El Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite los recursos de amparo que interpuso el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Supremo que en octubre del pasado año le condenó por dar una patada a un policía y contra la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de ejecutar la sentencia y retirarle el escaño.
Pero, pese a tramitar esos recursos (sobre los que decidirá el Pleno), la institución se niega a suspender de forma cautelarísima la medida (sin recabar la opinión de la presidenta del Congreso), lo que hubiera supuesto que el exparlamentario hubiese recuperado su acta de diputado de forma provisional hasta que el TC se pronunciase sobre el fondo de los recursos. Ahora, el TC abre una pieza se medidas provisionales para tomar una decisión al respecto tras escuchar a todas las partes.
El Pleno ha acordado tramitar esos recursos al entender que en ambos «concurre especial trascendencia constitucional porque ambos plantean un problema o afectan a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» en el tribunal y porque el asunto, añade, «trasciende del caso concreto, porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».
El Supremo condenó al exdiputado morado a 45 días de prisión (sustituidos por el pago de una multa, que abonó) y a una pena de inhabilitación, que llevó a Batet a dejarle sin escaño, por propinar una patada a un agente en una protesta contra la política educativa del PP que tuvo lugar en Tenerife en 2014.
La defensa del exdirigente de Podemos considera que Batet se extralimitó y se saltó la ley al dejar a Rodríguez sin acta. En la petición de amparo contra esa resolución, solicitaba que suspendiese de forma cautelarísima ese acuerdo y advertía: «Cada día que pasa se va constatando el perjuicio y se va privando, día a día, de efectividad al presente recurso».
El TC deberá dilucidar si se produce una causa de inelegibilidad sobrevenida cuando la pena de inhabilitación es accesoria a la de prisión y ésta, como en este caso, se sustituyó por el pago de una multa.