El Supremo deja a Griñán en manos del TC o el indulto
Confirma, con dos votos en contra, la prisión al ex presidente andaluz y la inhabilitación de Chaves
El Tribunal Supremo ha confirmado en esencia la sentencia que impuso, seis años de cárcel al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y nueve de inhabilitaciónasuantecesor,Manuel
Chaves, por el caso ERE, un sistema fraudulento de ayudas sociolaborales entre 2000 y 2011. Con un tribunal dividido (tres votos a favor y dos en contra), el TS avala la tesis de la Audiencia de Sevilla
JoséJosé Antonio Griñán está un poco más cerca de prisión después de que el Tribunal Supremo (TS) ratificara ayer, por un solo voto, la condena de seis años de prisión que le impuso la Audiencia de Sevilla por el millonario fraude de los ERE, los 680 millones de euros destinados a empresas en crisis y ayudas sociolaborales que se repartieron de forma irregular en Andalucía durante más de una década de gobiernos socialistas, entre 2000 y 2011. Una resolución que igualmente avala los nueve años de inhabilitación que impuso el tribunal al también ex presidente andaluz Manuel Chaves y a la que fuera ministra de Fomento Magdalena Álvarez. Tres de los 19 exaltos cargos condenados –los exsecretarios generales de Empleo Javier Aguado, Juan Francisco Sánchez García y Lourdes Medina, todos ellos inhabilitados inhabilitados por prevaricación– han sido absueltos.
La decisión del alto tribunal solo deja a Griñán, presidente de la Junta entre 2009 y 2013, dos vías para intentar evitar el ingreso en prisión: la suspensión cautelar por parte del Tribunal Constitucional (TC) y el indulto del Gobierno. Pero antes, deberá pedir la nulidad de una sentencia que el Supremo aún no ha notificado –aunque el fallo se ha adelantado ahora dada «la relevancia pública del caso»–, algo que no sucederá antes de septiembre.
La petición de Griñán la resolverá previsiblemente un TC ya con mayoría progresista (tras la reforma exprés impulsada por el PSOE para renovar el tribunal), pero el expresidente andaluz tiene el hándicap de que supera la línea roja que marca habitualmente la concesión de la suspensión cautelar. El TC puede adoptar la medida, dejando en suspenso la pena impuesta para evitar un perjuicio irreparable en caso de que finalmente apreciara una posiblevulneracióndederechosfundamentales. Pero suele acordarla, aunque ha habido excepciones, cuando las penas de prisión no son superiores a cinco años.
La otra vía que puede librar al expresidente andaluz de entrar en prisión es el indulto del Gobierno, una medida de gracia que debe acordar el Consejo de Ministros a propuesta del titular de Justicia, en esta caso la ministra Pilar Llop.
Pero la sentencia que resuelve los recursos interpuestos contra la sentencia de los ERE de noviembre de 2019 no ha sido respaldada de forma unánime por los cinco
Las dos juezas que discrepan del fallo creen que Griñán no puede ser condenado por malversación
miembros del tribunal. El presidente de la Sala, Juan Ramón Berdugo, y los magistrados Carmen Lamela y Eduardo de Porres apoyan el fallo, pero las otros dos integrantes del tribunal, Ana Ferrer y Susana Polo, discrepan y redactarán un voto particular argumentando sus discrepancias jurídicas. Básicamente, defiende que Griñan y otros cuatro exaltos cargos condenados (entre ellos la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo) deberían haber sido absueltos del delito de malversación (lo que anularía de un plumazo las penas de prisión).
Al margen de las tres absoluciones, el Supremo solo corrige la sentencia recurrida para aplicar la atenuante muy cualificada de reparación del daño al exdirector general de Trabajo Juan Márquez Contreras, por lo que le rebaja la condena de siete a tres años de prisión y de 18 años de inhabilitación a siete años y medio. Márquez fue el sucesor de Francisco Javier Guerrero, condenado a casi ocho años de cárcel y fallecido en 2020.
El tribunal deja claro que «se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia impugnada», entre ellos la condena de siete años de prisión al exconsejero de Empleo José Antonio Viera; de nueve años de inhabilitación al que fuera consejero de Presidencia Gaspar Zarrías; y de siete años de cárcel para el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá.
Las dos magistradas disconformes con el fallo defienden que, además de Griñán y Martínez Aguayo (condenada a seis años de cárcel), deberían ser absueltos del delito de malversación el ex director general de IDEA (la agencia heredera del Instituto de Fomento andaluz) Miguel Ángel Serrano, condenado a seis años y medio de prisión; Francisco Vallejo, exconsejero de Innovación, a quien la Audiencia de Sevilla impuso una pena de siete años de cárcel; y el exviceconsejero de este mismo departamento Jesús María Rodríguez Román, que fue condenado a seis años de prisión.
La Audiencia de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por prevaricación y malversación y a nueve de inhabilitación, solo por prevaricación, a Manuel Chaves por el fraude millonario en la concesión de ayudas sociolaborales y a empresas en crisis.
La sentencia, que la Fiscalía pidió que se confirmara íntegramente, consideró acreditado que durante más de una década los gobiernos autonómicos socialistas fueron responsables de un despilfarro de más de 680 millones de euros por el descontrol «absoluto» de los fondos destinados a los Expedientes de Regulación de Empleo.
La resolución ahora ratificada por el Supremo da por probado que siendo consejero de Economía y Hacienda, Griñán «era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó», asumiendo «la eventualidad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados».
Respecto al entonces presidente andaluz, Manuel Chaves, la sentencia deja claro que «la decisión de dar estas ayudas no partía de la Consejería de Empleo, sino que era una decisión del Gobierno en su conjunto». De ahí que el tribunal considerase «lógico» que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, como afectaba a más de una consejería, «tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía».