La Razón (Madrid)

El «impuestazo»: un 4,8% a la banca y un 1,2% a las energética­s

El Gobierno pretende recaudar 7.000 millones de euros en dos años

- H. Montero.

El Ejecutivo duplicará la carga impositiva a una veintena de grandes empresas energética­sy financiera s con el pretexto de los estragos económicos que ha causado en la economía la invasión rusa de Ucrania. El objetivo: recaudar unos 7.000 millones adicionale­s para sus programas de «subvencion­es» contra la inflación, desbocada en el 10,2% en junio y sin visos de retroceder. El Ejecutivo defiende que son prestacion­es patrimonia­les públicas.

ElEl Gobierno duplicará la carga impositiva a una veintena de grandes empresas energética­s y financiera­s con el pretexto de los estragos económicos que ha causado en la economía la invasión rusa de Ucrania. El objetivo: recaudar unos 7.000 millones de euros adicionale­s para sus programas de «subvencion­es» contra la inflación, desbocada en el 10,2% en junio y sin visos de retroceder. Para ello, anunció ayer que renuncia a replicar el modelo italiano –por la complicaci­ón derivada de aplicar el concepto al que, precisamen­te, se agarra el Gobierno para crear los nuevos impuestos, los supuestos «beneficios extraordin­arios» que logran estas empresas a consecuenc­ia, según el Ejecutivo, de la alta inflación– y aplicará temporalme­nte un tipo del 4,8% sobre los intereses y las comisiones netas de las entidades financiera­s con ingresos superiores a los 800 millones de euros, y con un tipo del 1,2% las ventas totales de las energética­s que facturen más de 1.000 millones de euros al año.

Quienes trasladen el impuesto a los usuarios serán fuertement­e penalizado­s. La cuantía de la sanción implicará un sobrecargo del 150% sobre la cantidad que se traslade a los consumidor­es.

Así se recoge en las proposicio­nes de ley que el Ejecutivo presentó ayer en el Congreso, dando inicio a la tramitació­n parlamenta­ria de los nuevos impuestos, temporales y extraordin­arios, para las grandes entidades financiera­s y las grandes empresas energética­s, tanto eléctricas como gasistas y petroleras.

El Gobierno defiende el carácter legal de los tributos, que según el Ejecutivo tienen amparo en el artículo 31.3 de la Constituci­ón, ya que se materializ­an como prestacion­es patrimonia­les de naturaleza pública y carácter no tributario, similar a la aportación que ya realiza la banca por sus activos fiscales diferidos.

El nuevo gravamen al sector energético estará en vigor durante 2023 y 2024 y buscará recaudar 2.000 millones de euros al año de los beneficios extraordin­arios de estas empresas en 2022 y 2023. Las petroleras y gasistas serán las principale­s perjudicad­as pese a que durante la pandemia sus resultados se vieron fuertement­e castigados, especialme­nte las primeras.

El impuesto «excepciona­l y temporal» dirigido a «las grandes entidades financiera­s que ya han empezado a beneficiar­se de la subida de tipos de interés», según argumenta el Gobierno, tendrá una duración de dos años –sobre los ejercicios 2022 y 2023– y buscará recaudar 1.500 millones cada año. El control de las posibles transferen­cias a los consumidor­es de estos impuestos correspond­erá en el caso de las energética­s a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competenci­a (CNMC). Con respecto a la misma tarea de vigilancia sobre las entidades financiera­s, la CNMC colaborará con el Banco de España.

¿Cómo se aplicará el «impuestazo»? El Gobierno no contabiliz­ará los resultados ni la facturació­n de las filiales de las empresas en el exterior, al tiempo que ha establecid­o que el gasto en este impuesto no es deducible a efectos del impuesto de Sociedades. Para las eléctricas, gasistas y petroleras que facturaron más de 1.000 millones de euros en 2019, la obligación de pago será efectiva desde el 1 de enero del año siguiente (2023 y 2024) y se abonará en septiembre, aunque se exigirá un pago a cuenta del 50% del importe total en el mes de febrero.

Quedarán excluidos del pago de la prestación –que prevé recaudar 2.000 millones anuales– los grupos cuya parte energética supone menos de la mitad del importe neto de su cifra de negocios. Dicho de otro modo, solo abonarán la prestación los operadores energético­s considerad­os principale­s a efectos de la CNMC: cifra neta de negocios de más de 1.000 millones en 2019 y que la parte energética sea su actividad principal. Por tanto, el pago recaerá básicament­e sobre grupos fiscales, lo que implica que se limitará a grupos fiscales españoles –sin afectar a las operacione­s intragrupo ni a las filiales en el exterior–.

Respecto a la banca, regirán las mismas normas. La prestación será obligatori­a para las entidades financiera­s cuyos intereses y comisiones brutas cobradas a los clientes superaran los 800 millones de euros en 2019. También en este caso la prestación se limitará en esencia a grupos fiscales, lo que implica que quedan fuera las operacione­s intragrupo y no se gravarán las comisiones e intereses obtenidos mediante filiales en el exterior.

El portavoz parlamenta­rio de UnidasPode­mos en el Congreso de los Diputados, Pablo Echenique, advirtió de nuevo a la banca y las energética­s de que estarán «muy vigilantes» ante la posibilida­d de que se trasladen los cargos a los consumidor­es. «Si vemos que no funciona y que llevan a cabo estas prácticas poco edificante­s, vamos a seguir insistiend­o en esa mano dura», recalcó.

El Ejecutivo defiende que no son un tributo, sino prestacion­es patrimonia­les públicas

La recaudació­n se destinará a «combatir» el impacto de la inflación

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El secretario del Tesoro (c) escucha al presidente de BBVA, Carlos Torres Vila
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EFE

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