Contencioso-administrativo a las regiones que no apliquen el plan
► La comunidades solo podrán ser requeridas pero no sancionadas por incumplirlo
No habrá moratoria para el plan de ahorro energético, que será de obligado cumplimiento dentro de cuatro días. Si alguna comunidad autónoma se negara a aplicarlo, el Ministerio de Transición Ecológica podrá emprender «las acciones contencioso-administrativas que estimen oportunas en caso de que no actúen correctamente o se opongan». Esa es la advertencia que lanzan los expertos jurídicos y que ha sido confirmada a LA RAZÓN por fuentes gubernamentales. «El Gobierno tiene la potestad de actuar si no se cumple la normativa vigente», sentenciaron. «Las comunidades autónomas, como cualquier entidad pública o privada, están sujetas al cumplimiento de la ley hasta que su eficacia no haya sido suspendida por un recurso de inconstitucionalidad», explicaron fuentes jurídicas.
Sin embargo y «en principio», no se prevé ninguna medida que habilite al Gobierno a sancionar a una comunidad que se oponga a aplicarlo. Para el socio de Derecho Público y Regulatorio de Fieldfisher Spain, Ramón Vázquez del Rey, «solo se podrán llevar a cabo requerimientos a la que considere que está incumpliendo incumpliendo y, en su caso, ejercitar ante la jurisdicción contencioso-administrativa las acciones judiciales que estime oportunas por la oposición o falta de actuación de ésta», manifestó a Efe. De acuerdo con la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el requerimiento previo es la facultad que tiene una Administración pública antes de interponer este tipo de recurso contra otra para solicitar que derogue una disposición, anule o revoque un acto, cese o modifique una actuación o inicie una actividad a la que está obligada, como sería en este supuesto. Deberá dirigirse al órgano competente mediante un escrito razonado que concretará la disposición, el acto, la actuación o la inactividad, en el plazo de dos meses contados desde la publicación de la norma o desde que la Administración interesada conozca la irregularidad.
Otra cosa son las sanciones que puedan recibir los establecimientos privados y edificios públicos que no respeten la nueva normativa, que sí pueden ser multados con una cantidad entre 1.000 y 60.000 euros.