El Constitucional frena otra DUI del Parlament
► El Pleno admite por unanimidad la impugnación del Gobierno contra una proposición para declarar la independencia
El Parlamento de Cataluña no podrá seguir adelante con la tramitación de una proposición que pretende la aprobación de una nueva Declaración Unilateral de Inde(DUI) Inde(DUI) como la que, el 27 de octubre de 2017, precipitó la aplicación del artículo 155 de la Constitución por parte del Gobierno de Mariano Rajoy y la intervención de la Administración autonómica, finiquitando el «procés». El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite por unanimidad la impugnación presentada por el Gobierno de Pedro Sánchez contra esa iniciativa y acordó la suspensión cautelar de esa tramitación parlamentaria, algo obligado por ley al tratarse del Ejecutivo central. La iniciativa espen tará a partir de ahora paralizada durante al menos cinco meses (susceptibles de prórroga) a la espera de que la corte de garantías se pronuncie sobre el fondo del asunto.
El pasado 26 de marzo, el Consejo de Ministros decidió presentar un recurso de inconstitucionalidad contra una iniciativa legislativa popular (ILP) admitida por la Mesa del Parlament el 20 de febrero, que instaba a la Cámara catalana a declarar la independencia de Cataluña, una tramitación que no se frenó pese a que un informe consultivo de un letrado del Parlament vio inconstitucional la iniciativa, por lo que se opuso a que siguiera adelante.
En la providencia de admisión a trámite del recurso, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo, el Constitucional acuerda «dar traslado de la demanda y documentos presentados al Parlamento de Cataluña» a través de su presidenta, Anna Erra, para que en el plazo de veinte días «aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes».
Los magistrados señalan expresamente que al invocar el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, se produce –tal y como determina el artículo 77 de la ley orgánica que regula el funcionamiento del TC– «la suspensión de la resolución impugnada desde el día 27 de marzo de 2024, fecha de interposición de la impugnación, lo que será comunicado a la presidenta del Parlamento de Cataluña».
La corte de garantías ordena asimismo publicar la admisión a trámite de la impugnación tanto en el BOE como en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Solidaritat Catalana per la Independència, impulsora de la iniciativa «Proposición de Ley de declaración de la independencia de Cataluña», justificó la propuesta en que la decisión de declarar la independencia «le corresponde al pueblo como titular de la soberanía nacional, y al Parlamento de Cataluña como representante suyo democráticamente elegido». En un comunicado, la formación soberanista defendía la declaración de independencia por ser Cataluña, se quejaba, «una nación ocupada militarmente, judicialmente, policialmente, mediáticamente y culturalmente».
Tras la admisión a trámite de la ILP –con el voto a favor de Junts y la abstención de ERC– debían ponerse en marcha los mecanismos previstos ante la Comisión de Control para recoger las 50.000 firmas necesarias para que el Parlament debata y vote esa declaración. Una vez los integrantes de la comisión entreguen los pliegues sellados, Solidaritat Catalana dispondría de un plazo de 120 días hábiles (prorrogable 60 días más) para intentar recoger las firmas. Este trámite que queda ahora automáticamente suspendido tras la decisión del Tribunal Constitucional.
El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, se congratuló ayer de la decisión de la corte de garantías de suspender cautelarmente la iniciativa del Parlament. «Aplaudimos la decisión del Tribunal Constitucional, es lo que nosotros pensábamos, lo que se resolvió el Consejo de Ministros y lo que acaba de fallar el Tribunal Constitucional», aseguró el ministro, que ha recordado que fue su departamento el que elevó al Consejo de Ministros un informe previo del Consejo de Estado, pedido expresamente por el presidente del Gobierno, para recurrir esa iniciativa para relanzar la declaración de independencia.
El TC da 20 días de plazo a la presidenta del Parlament para presentar alegaciones