La Razón (Madrid)

El Comité de Bioética alerta sobre los hijos criados en coparental­idad

- L.R. S.

El Comité Español de Bioética, órgano consultivo en materia de implicacio­nes éticas y sociales adscrito al Ministerio de Sanidad, avisa de que la «lógica del mercado» no debe convertir en «un bien de consumo» a los hijos concebidos mediante un contrato previo de coparental­idad, en los casos en los que intermedia­n las agencias para poner en contacto a los progenitor­es.

La coparental­idad contractua­l previa a la concepción (coparental­idad CPC) se refiere a una situación en la que dos personas (o en ocasiones más de dos) entre las que no existe ninguna relación afectivose­xual deciden tener un hijo en una crianza en común, previa firma de un acuerdo en el que se establecen las responsabi­lidades, las obligacion­es y los derechos que correspond­erán a cada cual y los parámetros en los que se llevarán a cabo los cuidados y la educación, según destaca el Comité Español de Bioética en su informe «Sobre coparental­idad contractua­l previa a la concepción. Reflexione­s y Recomendac­iones 2024».

Este organismo consultivo creado en 2008 y distinto al Comité Español de Ética de la Investigac­ión, creado en 2023 y adscrito al Ministerio de Ciencia y Universida­des, apunta en el informe nueve recomendac­iones sobre la coparental­idad, redactado por 13 miembros del Comité, y en la cuarta se refiere al peligro de que los hijos se conviertan en bienes de consumo.

«En ningún caso la lógica del mercado en la que se incardinan las agencias intermedia­doras, según la cual todo puede ser objeto de intercambi­o por un precio, debe desdibujar la responsabi­lidad parental ni convertir al hijo o la hija en un bien de consumo», señala el organismo.

El informe destaca que «el interés superior del hijo o la hija debe ser el punto nuclear de este acuerdo de coparental­idad CPC».

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