LA REALIDAD
Según el artículo 14 de la Ley General de Salud Pública, corresponden al Ministerio de Sanidad «la gestión de alertas de carácter supraautonómico o que puedan trascender del territorio de una comunidad autónoma» y «la gestión de alertas que procedan de la Unión Europea, la Organización Mundial de la Salud y demás organismos internacionales», entre otras.
La Comunidad de Madrid entró en la fase 1 de desescalada el lunes 25 de mayo con la autorización del Ministerio de Sanidad, tras cumplir con todos los requisitos de nivel de contagios y medidas sanitarias. El aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, que depende de Aena –y, por lo tanto de Ábalos– autorizó el tráfico aéreo sólo en la Terminal 4 desde el 1 de abril.
El TS dice en su sentencia que hubo sedición, porque existió violencia, pero que «no basta la constatación de indiscutibles episodios de violencia para proclamar que los hechos integran un delito de rebelión». Defender la independencia de un territorio no es delito, dice el TS, «pero sí lo es movilizar a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuario que, además, impide la aplicación de las leyes».