El ingreso mínimo olvida a los jóvenes
Excluye a los menores de 23 años e impone requisitos más duros hasta los 30 años
Los pilares sobre los que se sustenta el Ingreso Mínimo Vital (IMV) han ido resquebrajándose uno a uno durante el primer año de vida de esta prestación. Los fallos en su diseño han dejado profundas grietas como el abandono de uno de los colectivos más golpeados por la crisis de la Covid: los jóvenes. Así lo alertó el Consejo de la Juventud de España en su informe «Ingreso Mínimo Vital: ¿es justo con la juventud?» presentado ayer. La respuesta es un no rotundo. Además de exigir requisitos más estrictos para los menores de 30 años, los jóvenes de entre 18 y 23 años quedan prácticamente excluidos de esta prestación, a excepción de determinados supuestos, una situación que el análisis tacha de inconstitucional por violar el principio de igualdad.
Los jóvenes no se habían recuperado de la anterior crisis cuando llegó la pandemia. El IMV «no está siendo ágil, ni garantista, ni se dirige al colectivo más golpeado: la juventud, por tanto no está cumpliendo con no dejar a nadie atrás, por ello, urge una revisión», reclama el Consejo. Lo cierto es que «no hay una motivación justificada de la discriminación en cuanto al acceso de las personas jóvenes al IMV», concluye concluye este informe. La exclusión y los requisitos específicos parecen estar motivados por la desconfianza, y partiendo del supuesto de que los jóvenes lo pudieran usar para emanciparse. Esto, además de generar «una desigualdad inadmisible», subraya el documento, obliga a los jóvenes a volver bajo el amparo de sus familias.
La obligación de mantener a sus hijos precarios es todo un castigo para los hogares que ya sufren para llegar a fin de mes. De hecho, la prestación ni siquiera está llegando al número de beneficiarios estimados en 2020 por el Gobierno. Según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del mes de mayo, 260.206 hogares en los que viven 682.808 personas cobraron la prestación. Una cifra que se encuentra muy por debajo de los 850.000 hogares y 2,3 millones de personas que el Gobierno estimó hace un año.
Negar que existen hogares jóvenes igual de necesitados es darle la espalda a la realidad. La ley recoge ciertas excepciones, aunque su carácter excluyente no solo es denunciado por el Consejo de la Juventud de España, sino también por el Defensor del Pueblo por su posible inconstitucionalidad. Los jóvenes de entre 18 y 23 años solo pueden acceder a esta prestación si fueron menores tutelados, o víctimas de violencia de género o de trata, o tienen hijos a cargo. En el caso de la franja de edad comprendida entre los 23 y los 30 años, deben haber vivido emancipados durante tres años previos a la solicitud, cuando este periodo es solo de un año para los mayores de 30. Esta exigencia excluye a la mayor parte de la población joven teniendo en cuenta que la edad media de emancipación según Eurostat es de 29,5 años. También se les exige haber cotizado al menos 12 meses, mientras que no hay un mínimo para los mayores de esa edad.
El análisis jurídico que incluye el documento concluye que la exigencia de 23 años de edad para
El análisis jurídico encargado por el Consejo de la Juventud de España concluye que este trato es inconstitucional
acceder al IMV debe derogarse por ser inconstitucional. Lo es por ser discriminatoria y contravenir el principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución. También incumple la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Social Europea. «La falta de la más mínima justificación racional de la diferenciación de trato», también para los solicitantes de entre 23 y 30 años, «además de discriminatoria, incurre en arbitrariedad, por lo que también contraviene el artículo 9.3 de la Constitución», sentencia el documento, que pide su erradicación.