El TC deja en el aire el acta de Alberto Rodríguez
► Admite a trámite sus recursos pero no decidirá sobre su escaño sin escuchar a Meritxell Batet
El Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite los recursos de amparo que interpuso el exdiputado exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Supremo que en octubre del pasado año le condenó por dar una patada a un policía y contra la decisión de la presidenta del Congreso, Congreso, Meritxell Batet, de ejecutar la sentencia y retirarle el escaño.
Pero, pese a tramitar esos recursos recursos (sobre los que decidirá el Pleno), Pleno), la institución se niega a suspender suspender de forma cautelarísima la medida (sin recabar la opinión de la presidenta del Congreso), lo que hubiera supuesto que el exparlamentario exparlamentario hubiese recuperado su acta de diputado de forma provisional provisional hasta que el TC se pronunciase pronunciase sobre el fondo de los recursos. Ahora, el TC abre una pieza separada separada de medidas provisionales para tomar una decisión al respecto tras escuchar a todas las partes.
El Pleno ha acordado tramitar esos recursos al entender que en ambos «concurre especial trascendencia trascendencia constitucional porque ambos plantean un problema o afectan a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» en el tribunal y porque el asunto, añade, «trasciende del caso concreto, porque pudiera tener tener unas consecuencias políticas generales».
El Supremo condenó al exdiputado exdiputado morado a 45 días de prisión (sustituidos por el pago de una multa, que abonó) y a una pena de inhabilitación, que llevó a Batet Batet a dejarle sin escaño, por propinar propinar una patada a un agente en una protesta contra la política educativa educativa del PP que tuvo lugar en Tenerife Tenerife en 2014.
La defensa del exdirigente de Podemos considera que Batet se extralimitó y se saltó la ley al dejar a Rodríguez sin acta. En la petición de amparo contra esa resolución, solicitaba que suspendiese de forma forma cautelarísima ese acuerdo y advertía: «Cada día que pasa se va constatando el perjuicio y se va privando, privando, día a día, de efectividad al presente recurso».
El TC deberá dilucidar si se produce produce una causa de inelegibilidad sobrevenida cuando la pena de inhabilitación inhabilitación es accesoria a la de prisión prisión y ésta, como en este caso, se sustituyó por el pago de una multa.