Leyes ignominiosas
ReputadosReputados juristas han documen-tado documen-tado de forma contundente la hi-peractividad hi-peractividad del presidente Sán-chez Sán-chez en la producción de leyes –de Decretos Ley, particularmente–, asociada a una notable desidia en la tramita-ción tramita-ción de normas legales relacionadas con el Derecho de la Unión Europea de obligada tras-posición tras-posición a nuestro ordenamiento jurídico que corresponde al Gobierno, tal y como reza el Artículo 87 de la Constitución (1).
En España, somos ya generaciones de ciu-dadanos ciu-dadanos educados en el Estado de Derecho como garante de la Democracia, y educados, por tanto, en el respeto a la ley que, como de-fine de-fine el Diccionario de la Real Academia de la Lengua (DRAE), es el «precepto dictado por la autoridad competente en que se manda o pro-híbe pro-híbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados» . Con independencia de la mencionada afición compulsiva de nues-tros nues-tros actuales gobernantes a producir normas –baste el dato de que en 2020 se publicaron nada menos que 12.250 de nuevo cuño–, llama la atención que muchas más de las deseables «leyes» recién-nacidas o en proceso de gesta-ción gesta-ción se orientan a todas luces a imponer con-tenidos con-tenidos que atentan contra «la justicia y el bien de los gobernados». Es obvio que, en muchos casos, responden a prioridades ajenas a las verdaderas necesidades de los ciudadanos y que el «modus operandi» que las promueve es la arbitrariedad.
Es decir, asistimos al alumbramiento de «leyes» «leyes» que no cumplen los requisitos mínimos que exige su definición, enunciada por el DRAE. Si se me permite un ejemplo con el símil del alumbramiento –que se aproxima más a mi formación médica–, podríamos decir que asistimos con estupor a embarazos no de bebés, bebés, sino de molas, esas masas carnosas e informes informes de origen placentario y embrionario que sobrecogen por la presencia revuelta, sin organización alguna, de todo tipo de tejidos (pelo, dientes, hueso…).
Por falta de espacio mencionaré solo dos ejemplos: 1) el Real Decreto de Enseñanzas Mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria Obligatoria (ESO) aprobado el pasado 29 de marzo por el Consejo de ministros y 2) el todavía Anteproyecto Anteproyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC).
En el caso de la ley de Educación cabría preguntarse: preguntarse: ¿es compatible con el bien común que una «ley» se proponga erradicar el mérito y el esfuerzo del proceso educativo? ¿acaso es acorde con la justicia considerar la excelencia (de ahí la abolición de toda mención honorífica) honorífica) como un atropello a la igualdad? ¿es acertado acertado identificar la igualdad con el igualitarismo, igualitarismo, cuando aquella atiende a la igualdad de oportunidades, mientras el igualitarismo viene a ser una guillotina corta-cabezas de todos aquellos que destacan y este atroz despilfarro de talento se justifica con el ridículo argumento argumento de evitar que nadie se sienta acomplejado o subestimado por codearse con personas más inteligentes, esforzadas o responsables? ¿no resulta sospechoso que una ley tan esencial se redacte con un lenguaje plomizo e incomprensible? incomprensible? ¿no será este recurso una estrategia para camuflar su inconfesable naturaleza, orientada orientada al adoctrinamiento en lugar de a la transmisión transmisión de conocimientos y de valores humanos? humanos? Como recordaba hace sólo unos días Alicia Delibes (2) con la célebre frase de Jean F. Revel «cuando el adoctrinamiento se impone sobre el conocimiento, la educación se vuelve nefasta y la cultura se sustituye por la impostura» impostura» .
Desafortunadamente, no suscita mayor confianza el mencionado Anteproyecto de la LOPSC que Dios y las instancias competentes quieran que nunca pase de ser solo eso, un borrador ¿Resulta reconfortante para el ciudadano ciudadano responsable que ciertos comportamientos comportamientos –hasta ahora– violentos dejen de ser sancionables sancionables en el ámbito penal y pasen a serlo en el administrativo? La misma consideración se propone para la perturbación grave de la seguridad seguridad ciudadana en actos públicos (sean culturales, lúdicos, deportivos o religiosos), así como la desobediencia o la resistencia a la autoridad autoridad o a sus agentes. Como profana en la materia y ciudadana de a pie, me atrevo a formular formular esta pregunta: ¿no parecen estas iniciativas iniciativas diseñadas para actuar con impunidad «tomando la calle» en el supuesto caso de pasar a la oposición? Como dijo Franklin D. Roosevelt, Roosevelt, «en política, nada ocurre por casualidad». casualidad».
Con acierto o sin él, lo descrito pretende dar razón al titular de esta Tribuna: «Leyes Ignominiosas» Ignominiosas» que por su misma naturaleza nunca podrán ser consideradas en rigor «leyes» puesto puesto que incluyen –en su origen, desarrollo, contenidos contenidos y consecuencias– «la afrenta pública». No es otro el significado de ignominia. El gobierno gobierno que pretenda ser alternativa –que no mera alternancia– deberá aplicarse sin dilación dilación en derogarlas porque son fraudulentas e incompatibles con la justicia. Y no olvidemos que sólo la justicia es la antesala de la convivencia. convivencia.
1) www.hayderecho.com/tag/estadodealarma www.hayderecho.com/tag/estadodealarma 2) Alicia Delibes: El Real Decreto de enseñanzas enseñanzas mínimas de la ESO: un panfleto peligroso. www.libertaddigital.com/cultura
Inma Castilla de Cortázar Larrea es Catedrática de Fisiología Médica, investigadora en Hepatología, Endocrinología y Metabolismo. Vicepresidenta de la Fundación Foro Libertad y Alternativa (L&A)