El Gobierno aprueba ventajas fiscales para las pymes
La nueva ley blindará el patrimonio de los emprendedores frente a las deudas
El Consejo de Ministros aprobó ayer la esperada ley de Apoyo a los Emprendedores, que deberá entrar en vigor hacia final de año, y que incluye ventajas fiscales para las pymes y mejora la situación de los pequeños empresarios en caso de crisis de sus actividades.
El régimen de los emprendedores en España ya tiene forma. La reivindicación, una necesidad urgente en estos tiempos de elevadísimo desempleo, cobró forma ayer, tan pronto como Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno, aparecía en escena en la tradicional rueda de prensa de los viernes en el palacio de la Moncloa. El abanico de medidas –que ha recogido el beneplácito de un buen número de agentes sociales– debería entrar en escena a finales del año, en forma de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Entre sus elementos principales, el Gobierno ha decidido lanzar un abanico de medidas fiscales para los emprendedores que incluye asistencia en la inversión, en la financiación y en la contratación. El Ejecutivo de Rajoy se ha apresurado a recordar que este abanico de medidas atiende al compromiso que había asumido con la UE: Rajoy había anunciado que la ley de Emprendedores tomaría forma en el segundo trimestre de este 2013.
Ventajas fiscales. El mayor paquete de ventajas fiscales corresponde al impuesto de sociedades (IS). La ley interpreta que aquellas empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, y también aquellas nuevas compañías y las que formen parte de un grupo superior de sociedades (alrededor de 180.000 empresas), podrán deducirse el 10% en el IS sobre los beneficios reinvertidos. La inversión debe practicarse en el plazo que transcurre entre el inicio del año fiscal en el que se registraron los beneficios y los dos años posteriores.
El caso del IVA. A partir del 1 de enero del 2014, las pymes y los au- tónomos no sujetos a módulos y con un volumen inferior a los dos millones no estarán obligados a pagar el IVA hasta que cobren las facturas. Se calcula que aquí entran 1,3 millones de autónomos y un millón de pymes. Aun así, se establece un límite: hayan cobrado o no, los empresarios deberán pagar el IVA antes de que se haya acabado el año. Algunos agentes, como la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), han criticado la medida, al entender que será contraproducente: “El colectivo implicado, en su mayoría micropymes y pequeñas empresas, van a ver cómo su potencial cliente preferirá contratar a las empresas que sigan con el tradicional criterio del devengo: así podrán continuar pagando a su proveedor mucho después de comprar el producto o de recibir el servicio prestado”, dijo la PMcM en un comunicado.
Responsabilidad limitada. He aquí una de las piedras filosofales del proyecto. La vivienda habitual no puede responder ante las deudas de los emprendedores. Sin embargo, se establece otra limitación: siempre y cuando el va- lor de la vivienda no supere los 300.000 euros. Según expertos, la medida es relativamente excluyente: deja fuera a miles de propietarios en las grandes urbes del país, donde el precio del metro cuadrado se paga más caro. Aunque aplaudió la medida, la patronal catalana Pimec considera que sus márgenes se quedan cortos: junto a los emprendedores, deberían entrar aquí otros colectivos de empresarios “cuya responsabilidad es desproporcionada respecto a otros colectivos”.
Formación sucesiva. La sociedad limitada de formación sucesiva guarda sus similitudes con la sociedad limitada: pretende abaratar el coste de la constitución de la empresa. Permite que se cree una empresa con un capital de 3.000 euros, e incluso inferior siempre y cuando se destine el 20% de los beneficios a reservas legales hasta alcanzar ese capital de 3.000 euros. Ningún socio ni administrador podrá cobrar más del 20% del patrimonio neto de la empresa.
Más beneficios fiscales. Los contribuyentes a una empresa podrán deducirse el 20% de sus acciones (en el caso de una pyme cotizada) o de sus participaciones (para las nuevas empresas). El límite máximo de deducción está en 20.000 euros anuales y la cifra de fondos propios de la empresa no debe superar los 200.000 euros al inicio del año impositivo en el que se adquirieron acciones o participaciones.
Mercados de renta fija. También se rebajan las cargas para aquellas empresas que deseen emitir en mercados de renta fija. Se trata de un mercado alternativo, inspirado en el Mercado Alternativo Bursátil –el MAB, operativo desde el 2009, hoy cuenta con 23 empresas– y que dará cobijo a las empresas mas pequeñas. Un estudio de PwC calcula que el 80% de las empresas españolas se financia a través de créditos bancarios, una fórmula que no funciona en estos días, cuando las entidades financieras han cortado el grifo.
‘Emprende en 3’. Menos burocracia: el proyecto telemático Emprende en 3 permitirá poner en funcionamiento una empresa de forma telemática, con pocas gestiones y a través de un formulario modelo: la fórmula será la misma para los trámites estatales, autonómicos y locales.
Algunas reacciones. CiU, a través de Josep Sánchez Llibre, lamentó que la ley de Emprendededores sale a la luz pese a que dispone de un apoyo financiero “muy débil”. Los sindicatos catalanes de UGT y CC.OO. ven imprescindible la creación de una línea de crédito de 10.000 millones de euros para autónomos.