La Vanguardia (1ª edición)

El Gobierno aprueba ventajas fiscales para las pymes

La nueva ley blindará el patrimonio de los emprendedo­res frente a las deudas

- SERGIO HEREDIA Barcelona

El Consejo de Ministros aprobó ayer la esperada ley de Apoyo a los Emprendedo­res, que deberá entrar en vigor hacia final de año, y que incluye ventajas fiscales para las pymes y mejora la situación de los pequeños empresario­s en caso de crisis de sus actividade­s.

El régimen de los emprendedo­res en España ya tiene forma. La reivindica­ción, una necesidad urgente en estos tiempos de elevadísim­o desempleo, cobró forma ayer, tan pronto como Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresid­enta del Gobierno, aparecía en escena en la tradiciona­l rueda de prensa de los viernes en el palacio de la Moncloa. El abanico de medidas –que ha recogido el beneplácit­o de un buen número de agentes sociales– debería entrar en escena a finales del año, en forma de ley de apoyo a los emprendedo­res y su internacio­nalización. Entre sus elementos principale­s, el Gobierno ha decidido lanzar un abanico de medidas fiscales para los emprendedo­res que incluye asistencia en la inversión, en la financiaci­ón y en la contrataci­ón. El Ejecutivo de Rajoy se ha apresurado a recordar que este abanico de medidas atiende al compromiso que había asumido con la UE: Rajoy había anunciado que la ley de Emprendedo­res tomaría forma en el segundo trimestre de este 2013.

Ventajas fiscales. El mayor paquete de ventajas fiscales correspond­e al impuesto de sociedades (IS). La ley interpreta que aquellas empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, y también aquellas nuevas compañías y las que formen parte de un grupo superior de sociedades (alrededor de 180.000 empresas), podrán deducirse el 10% en el IS sobre los beneficios reinvertid­os. La inversión debe practicars­e en el plazo que transcurre entre el inicio del año fiscal en el que se registraro­n los beneficios y los dos años posteriore­s.

El caso del IVA. A partir del 1 de enero del 2014, las pymes y los au- tónomos no sujetos a módulos y con un volumen inferior a los dos millones no estarán obligados a pagar el IVA hasta que cobren las facturas. Se calcula que aquí entran 1,3 millones de autónomos y un millón de pymes. Aun así, se establece un límite: hayan cobrado o no, los empresario­s deberán pagar el IVA antes de que se haya acabado el año. Algunos agentes, como la Plataforma Multisecto­rial contra la Morosidad (PMcM), han criticado la medida, al entender que será contraprod­ucente: “El colectivo implicado, en su mayoría micropymes y pequeñas empresas, van a ver cómo su potencial cliente preferirá contratar a las empresas que sigan con el tradiciona­l criterio del devengo: así podrán continuar pagando a su proveedor mucho después de comprar el producto o de recibir el servicio prestado”, dijo la PMcM en un comunicado.

Responsabi­lidad limitada. He aquí una de las piedras filosofale­s del proyecto. La vivienda habitual no puede responder ante las deudas de los emprendedo­res. Sin embargo, se establece otra limitación: siempre y cuando el va- lor de la vivienda no supere los 300.000 euros. Según expertos, la medida es relativame­nte excluyente: deja fuera a miles de propietari­os en las grandes urbes del país, donde el precio del metro cuadrado se paga más caro. Aunque aplaudió la medida, la patronal catalana Pimec considera que sus márgenes se quedan cortos: junto a los emprendedo­res, deberían entrar aquí otros colectivos de empresario­s “cuya responsabi­lidad es desproporc­ionada respecto a otros colectivos”.

Formación sucesiva. La sociedad limitada de formación sucesiva guarda sus similitude­s con la sociedad limitada: pretende abaratar el coste de la constituci­ón de la empresa. Permite que se cree una empresa con un capital de 3.000 euros, e incluso inferior siempre y cuando se destine el 20% de los beneficios a reservas legales hasta alcanzar ese capital de 3.000 euros. Ningún socio ni administra­dor podrá cobrar más del 20% del patrimonio neto de la empresa.

Más beneficios fiscales. Los contribuye­ntes a una empresa podrán deducirse el 20% de sus acciones (en el caso de una pyme cotizada) o de sus participac­iones (para las nuevas empresas). El límite máximo de deducción está en 20.000 euros anuales y la cifra de fondos propios de la empresa no debe superar los 200.000 euros al inicio del año impositivo en el que se adquiriero­n acciones o participac­iones.

Mercados de renta fija. También se rebajan las cargas para aquellas empresas que deseen emitir en mercados de renta fija. Se trata de un mercado alternativ­o, inspirado en el Mercado Alternativ­o Bursátil –el MAB, operativo desde el 2009, hoy cuenta con 23 empresas– y que dará cobijo a las empresas mas pequeñas. Un estudio de PwC calcula que el 80% de las empresas españolas se financia a través de créditos bancarios, una fórmula que no funciona en estos días, cuando las entidades financiera­s han cortado el grifo.

‘Emprende en 3’. Menos burocracia: el proyecto telemático Emprende en 3 permitirá poner en funcionami­ento una empresa de forma telemática, con pocas gestiones y a través de un formulario modelo: la fórmula será la misma para los trámites estatales, autonómico­s y locales.

Algunas reacciones. CiU, a través de Josep Sánchez Llibre, lamentó que la ley de Emprendede­dores sale a la luz pese a que dispone de un apoyo financiero “muy débil”. Los sindicatos catalanes de UGT y CC.OO. ven imprescind­ible la creación de una línea de crédito de 10.000 millones de euros para autónomos.

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DANI DUCH Soraya Sáenz de Santamaría, rodeada de periodista­s tras el Consejo de Ministros de ayer

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