Reforma del régimen local
La aprobación del tan esperado proyecto de ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local se presentaba como una buena ocasión para acometer una revisión en profundidad de las bases de nuestro régimen local. Sin embargo, las expectativas han quedado muy lejos de cumplirse y es que el hecho de que toda la reforma se haya articulado únicamente sobre criterios económicos ha provocado que se haya dejado completamente de lado la dimensión constitucional y política de la que gozan, también, nuestros gobiernos locales.
Son muchas las dudas que suscita el nuevo proyecto de ley, si bien las más importantes se proyectan, quizá, sobre el relevante papel que, a partir de ahora, pueden tener las diputaciones provinciales en la prestación de servicios públicos. El problema no es que el nivel provincial pueda asumir directamente la prestación de algunas competencias, sino la forma en cómo se ha articulado dicha reordenación competencial. Y es que parece que el encaje del nivel supramunicipal en nuestro sistema institucional –cuestión siempre discutida– pretenda conseguirse únicamente a costa de limitar considerablemente el nivel municipal.
Así, del “coste estándar” y del traslado forzoso de los primeros borrado-
La reforma pretende acometer un completo vaciamiento de algunas competencias municipales
res, hemos pasado a la noción de “coste efectivo” y a las funciones de coordinación provincial que se contienen ahora en el proyecto de ley. Distintas denominaciones imprecisas que, sin embargo, parecen esconder la misma posibilidad de acometer un completo vaciamiento de algunas competencias municipales. Posibilidad que, como había ya destacado el Consejo de Estado, no sólo podría vulnerar la autonomía municipal sino que, además, puede ir en contra del principio democrático, al trasladar la gestión de dichas competencias municipales a entidades de elección indirecta como son las diputaciones provinciales.
Por lo demás, el proyecto de ley rehúye algunas de las cuestiones más controvertidas de la sostenibilidad y de la racionalización del régimen local. Así, no se hace ninguna referencia al sistema financiero y tributario local, al tiempo que se renuncia a la modificación del mapa municipal, y se limita a introducir nuevas medidas económicas para fomentar su fusión voluntaria.
Queda aún mucho camino por recorrer antes de que la futura ley pueda ser finalmente aprobada. Esperemos que este largo camino sirva a los grupos parlamentarios para replantear la propuesta de reforma, poniendo en valor a nuestros municipios no sólo como la administración más próxima y cauce principal de participación de los ciudadanos en la vida pública, sino también como uno de los pilares esenciales de nuestro ordenamiento constitucional.