Europa avala prohibir a los homosexuales donar sangre
Bruselas. Corresponsal El Tribunal de Justicia europeo se pronunció ayer sobre un asunto de salud pública que cada país de la Unión ha resuelto a su manera: ¿se puede prohibir a los ciudadanos homosexuales donar sangre? Y su respuesta ha sido que sí, pero con matices importantes.
La directiva sobre requisitos técnicos de la sangre prevé rechazar como donantes a personas “cuya conducta sexual supone un alto riesgo de contraer enfermedades infecciosas” transmisibles por sangre, una afirmación que en unos pocos países de la UE se ha traducido en una prohibición explícita de donar sangre a los homosexuales. Es el caso de Reino Unido, Alemania y Francia, de donde procede el caso sobre el que ayer se pronunció la Corte europea.
Cuando el ciudadano francés Geoffrey Léger se presentó en un centro de recogida de sangre en Metz hace seis años, el médico de turno le rechazó, basándose en una reciente ley que explícitamente descarta a los “hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres”. Léger no se quedó de brazos cruzados ante una ley, aprobada en la etapa de Nicolas Sarkozy, que consideraba injustificada y discriminatoria, y recurrió a los tribunales para defender su derecho a donar sangre como cualquier ciudadano, al margen de su orientación sexual.
Los jueces franceses han consultado a sus colegas en Luxemburgo sobre cómo cabe interpretar la legislación europea en este terreno y si la potencial discriminación del colectivo homosexual es conforme o no con el derecho comunitario. Y la conclusión del tribunal europeo es que la prohibición de que las personas homosexuales sean donantes de sangre “puede estar justificada” si, en primer lugar, está demostrado que “estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el VIH”, algo que las autoridades francesas creen demostrado dada la alta prevalencia del SIDA entre los varones homosexuales francesas, la más alta de Europa, según los datos facilitados durante el proceso.
Pero excluir al colectivo homosexual, aunque estuviera sustentado en datos epidemiológicos, puede no respetar el principio de proporcionalidad. Para asegurarse sobre este punto, indica el Tribunal, las autoridades deben verificar si hay “técnicas eficaces que garanticen un alto nivel de protección de los receptores” , según los procedimien- tos científicos más recientes, y cita prácticas ya extendidas como la detección sistemática del VIH. “De no existir tales técnicas”, se deberá buscar “métodos menos coercitivos” que la exclusión permanente de los gays, por ejemplo con un cuestionario o entrevista personalizada para identificar con conductas sexuales de riesgo. Este enfoque es el que sigue España (no ha habido un contagio en más de 10 años), y el que , ya antes de conocer la sentencia, el actual gobierno francés adoptará cuando reforme la ley.
Francia sustituirá el veto a los gays por un cuestionario, como se hace en España