Fouad Khaled Jaffar
EXVICEPRESIDENTE DE KIO
La Audiencia Nacional condenó ayer al exvicepresidente de KIO, Fouad Khaled Jaffar, a dos años de prisión y al pago de 46,7 millones de euros al Grupo Torras. Jaffar ha reconocido los delitos y eso le librará de ingresar en prisión.
La Audiencia Nacional condenó ayer al exvicepresidente de Kuwait Investment Office (KIO) Fouad Khaled Jaffar a dos años de prisión y al pago de 46,7 millones de euros al Grupo Torras por los delitos de apropiación indebida y falsedad en documento. La resolución es el resultado de un acuerdo entre la Fiscalía y el jeque Jaffar. La sentencia de conformidad implica que el acusado acepta los hechos. La base del acuerdo es que Jaffar asumió hacer frente a los daños causados al Grupo Torras y la contrapartida consiste en que el condenado no tendrá que ingresar en prisión para cumplir la pena. Para ello se ha tenido en cuenta que en este proceso se han producido dilaciones indebidas.
La resolución ahora dictada por la Audiencia tiene su origen en las investigaciones del caso KIO iniciadas a comienzos de la década de los 90. Torras interpuso en 1993 una querella contra el expresidente del grupo Javier de la Rosa; su exconsejero delegado Jorge Núñez Lasso de la Vega; tres exconsejeros y el expresidente y el exvicepresidente del consejo Sheik Fahad y Fouad Khaled Jaffar, ambos de nacionalidad kuwaití.
La Sala de lo Penal de la Audiencia considera en su sentencia que en el caso ICSA-Inpacsa los acusados “diseñaron y ejecutaron una compleja operación económica” para obtener “un beneficio económico muy importante” derivado de “elevadísimas plusvalías”. Estas plusvalías las consiguieron con la venta de la citada ICSA, propiedad de Inpacsa. La sentencia afirma que los acusados, entre ellos el propio Jaffar, extraían de la compañía y por un precio bajo “el míni- mo aceptable para que no se detectara el fraude”. Pero el comprador pagaba el precio real. Las plusvalías generadas no iban a las cuentas de Inpacsa, sino a otras abiertas en países extranjeros a favor de los acusados, que así lograban “la finalidad que perseguían”, consistente en el “lucro personal en perjuicio de los accionistas de las compañías que administraban”.