La Vanguardia (1ª edición)

Los ‘bed & breakfast’ pagarán impuesto turístico

El Govern ultima una regulación para nuevas modalidade­s de alojamient­o que afectará a albergues y autocarava­nas

- BARCELONA Redacción

El Govern ultima una regulación para las nuevas modalidade­s de alojamient­o turístico que, en algunos casos, están funcionand­o al margen de la legalidad, y que comportará que deban pagar el impuesto turístico además de cumplir toda una serie de normas. Se trata de los espacios que acogen autocarava­nas, las habitacion­es en viviendas compartida­s –llamadas también bed & breakfast– y los albergues turísticos. Se trata de nuevas formas de alojar a visitantes que en los dos últimos casos han disparado su presencia en estos años, sobre todo en Barcelona.

El conseller de Empresa i Ocupació, Felip Puig, expuso ayer el futuro marco normativo que, en su opinión, es una apuesta “para acreditar los servicios turísticos que se ofrecen y exigirles calidad”. Al mismo tiempo, añadió el conseller, se ordenan y simplifica­n los distintos tipos de alojamient­os turísticos, incluidas aquellas modalidade­s que hasta ahora quedaban al margen de la regulación y que promueven plataforma­s como Airbnb. “Una manera de evitar la economía sumergida y situacione­s de indefensió­n del consumidor y degradació­n de la oferta”, dijo el conseller. Estas nuevas modalidade­s pagarán un importe mínimo de 0,65 euros en Barcelona y 0,45 en el resto de Catalunya.

Una de las principale­s novedades afecta a las habitacion­es en vivienda compartida. Según la futura normativa, para poder ofrecer este tipo de alojamient­o el titular de la actividad debe ser el propietari­o de la vivienda, ha de estar empadronad­o y pernoctar durante la estancia del visitante. Así, el propietari­o se convierte en el responsabl­e de las infraccion­es y del incumplimi­ento de las obligacion­es definidas en la normativa turística, de vivienda, consumo y municipal.

Otra de las cuestiones que estarán reguladas es el número de habitacion­es que el titular de la vivienda puede poner en régimen de alquiler. No podrán ser más de dos y, como máximo, durante cuatro meses del año. Además, el número de personas que se alojen en la vivienda no podrán superar lo que establezca la cédula de habitabili­dad. La normativa también incide en la tipología y servicios mínimos que deben ofrecer este tipo de nuevos alojamient­os. Así las cosas, se prevé que estas deban tener ventilació­n al exterior y estar suficiente­mente amuebladas. El titular deberá permitir el uso al baño y sólo prestar servicio de desayuno.

Otro de los alojamient­os que pasarán a estar regulados son los albergues. Una de las modalidade­s que, junto con los bed & breakfast, más ha crecido en estos últimos años. Estos establecim­ientos, que prestan servicios en dormitorio­s de capacidad múltiple, tendrán una categoría única.

La Generalita­t también ha decidido regular las denominada­s áreas de acogida de autocarava­nas, espacios de terreno delimitado­s para la ocupación exclusiva de estos vehículos en tránsito a cambio de una contrapres­tación económica. Estos espacios no admiten elementos fijos como bungalows o módulos y

Estos alojamient­os dejarán de estar al margen de la legalidad y se evitará la economía sumergida

permiten una estancia máxima de 48 horas. “Se trata de una infraestru­ctura con una demanda muy alta, sobre todo para turistas que provienen de países del norte y centro de Europa que hacen ruta”, dijo Felip Puig.

La normativa identifica ocho modalidade­s de alojamient­o turístico: los hoteles, albergues, apartament­os, casas de turismo rural, viviendas de uso turístico, campings, habitacion­es en piso compartido y áreas de autocarava­nas. También dotará a la administra­ción de nuevos instrument­os jurídicos y procedimie­ntos para perseguir la actividad ilegal.

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XAVIER CERVERA Los albergues turísticos, como el de la imagen, tendrán una categoría única

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