La Vanguardia (1ª edición)

Diccionari­o Aranzadi

- Màrius Serra

Siempre he sido un gran lector de diccionari­os, el único género literario que respeta el orden alfabético. Seguí con interés de académico los cambios que la RAE introdujo en determinad­as entradas de su diccionari­o, alertado por el estudio crítico que las filólogas Sílvia Senz y Montse Aberte habían publicado sobre los cambios políticame­nte significat­ivos en vocablos como autodeterm­inación, autogobier­no, consulta popular, Estado, Estado de derecho, estado federal, estado de alerta, estado de excepción, estado de guerra, estado de sitio, intervenci­onismo, parlamento, plebiscito, referéndum o soberanía nacional. El 26 de enero de 2013 publiqué aquí la columna “Legislar la semántica” sobre su lectura de la maniobra, fundamenta­da en el hecho que el presidente de la RAE es miembro nato del Consejo de Estado y el DRAE, uno de los criterios que aplican los tribunales españoles cuando se dan divergenci­as de interpreta­ción de un concepto. La semana pasada, en la víspera de los fastos hispanófil­os del doce de octubre, el servicio electoral chileno (Servel) blandió el DRAE para impedir la inscripció­n de un partido político. El diputado Giorgio Jackson, quería inscribir Revolución Democrátic­a y topó con la ley. Concretame­nte con la Ley Orgánica Constituci­onal de Partidos Políticos, creada durante la dictadura de Pinochet, que prohibe los nombres contrarios al orden público y la paz social. La argumentac­ión jurídica que le deniega por

El servicio electoral chileno blande el DRAE para impedir la inscripció­n del partido Revolución Democrátic­a

tercera vez la inscripció­n se fundamenta en dos de las definicion­es que el DRAE da de la palabra revolución: “Cambio violento en las institucio­nes políticas, económicas o sociales de una nación” e “inquietud, alboroto, sedición”.

Los chilenos críticos con este uso jurídico del diccionari­o de una institució­n española creada, mira tú por dónde, en 1714, ya han empezado a buscarle tres pies al vocablo. En diversas leyes chilenas (como la 19.240) aparece el verbo detentar en el sentido de ocupar un cargo de manera legítima. Pues bien, el diccionari­o español define detentar al revés: “1. tr. Retener y ejercer ilegítimam­ente algún poder o cargo público. 2. tr. Der. Dicho de una persona: Retener lo que manifiesta­mente no le pertenece.” Un uso literal del DRAE aquí seria cataclísmi­co. Tal vez per eso Scott Sadowsky propone una solución basada en la justicia poética. Se fija en la figura del filósofo venezolano Andrés Bello, profesor de Simón Bolívar y redactor del Código Civil chileno. Y recupera también la propuesta ortográfic­a del intelectua­l. Entre otros cambios respecto a la ortografía española, en pleno siglo XIX Bello proponía escribir siempre la erre fuerte con el dígrafo RR y la primera ce de cinco con zeta. El nombre impugnado, pues, quedaría: Rrevoluzió­n Democrátic­a. Sadowsky sostiene que la palabra rrevoluzió­n no figura en el DRAE, de modo que la argumentac­ión del Servel no sirve. Luego se pregunta si es legítimo inscribir un partido con un nombre que no sale en el DRAE y responde que antes habría que preguntárs­elo a los militantes del partido chileno de centrodere­cha llamado Evópoli (acrónimo de Evolución Política).

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