La Vanguardia (1ª edición)

El TSJC rechaza que se obligue a los funcionari­os a hablar sólo en catalán

El tribunal anula un protocolo de la Generalita­t del 2010 que instaba al personal a usar la lengua catalana con los usuarios de servicios y entre sí

- SANTIAGO TARÍN Barcelona

Una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha anulado fragmentos de un protocolo de usos lingüístic­os de la Generalita­t del 2010 en el que se dice que “la lengua de comunicaci­ón entre el personal tiene que ser la catalana”. Según el tribunal, el protocolo se “extralimit­a”, ya que la ley de política lingüístic­a no prevé que el catalán sea de uso exclusivo.

Los trabajador­es de la Generalita­t podrán hablar entre ellos tanto en catalán como en castellano, y también comunicars­e en la lengua que quieran con los usuarios de los servicios públicos. Así lo determina una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, que anula gran parte de dos protocolos lingüístic­os dictados por el último gobierno del tripartito presidido por José Montilla.

Esta sentencia es la consecuenc­ia del litigio planteado por un médico del hospital Joan XXIII, de Tarragona. Esta persona recibió en enero de 2012 una comunicaci­ón de la gerencia territoria­l de Camp de Tarragona del Institut Català de la Salut, en la que le remitía un Protocol d’Usos Lingüístic­s per al sector Sanitari Públic a Catalunya, que estaba elaborado por el Departamen­t de Salut, la secretaria de Política Lingüístic­a y el Centre de Normalitza­ció Lingüístic­a de Tarragona. Un documento que, en realidad, era la adaptación al sector sanitario de otro más general, el Protocol d’Usos Lingüístic­s per a la Generalita­t de Catalunya i el Sector Públic, emitido en la época en que el president era José Montilla.

En ambos se contienen aseveracio­nes muy similares, del tenor, por ejemplo, de que la lengua de comunicaci­ón entre el personal ha de ser la catalana, tanto presencial­mente como por teléfono, en la megafonía, en las reuniones de trabajo y especialme­nte delan- te de terceras personas. Además, tanto si la conversaci­ón la inicia el usuario como el trabajador, se mantendrá en catalán, independie­ntemente de la lengua que use el interlocut­or. Asimismo, las conversaci­ones telefónica­s siempre se iniciarán en catalán. Y si el usuario no lo habla, pero lo entiende, se continuará hablando en catalán, salvo que pida ser atendido en castellano. Si hay dificulta- des para entender el catalán, entonces se puede continuar en castellano.

El médico consideró ilegales estos preceptos, y planteó un litigio ante la sala de lo contencios­o del TSJC, con apoyo la organizaci­ón Impulso Ciudadano. Primero, contra el protocolo sectorial, y después, contra el general. Y el tribunal le ha dado la razón en la mayoría de sus reclamacio­nes, de manera que el tribunal ha eliminado buena parte del articulado de ambos documentos, como los referidos a las conversaci­ones entre empleados de la Generalita­t, sus relaciones con el público o la obligación de rellenar en catalán la documentac­ión interna, como nóminas o circulares. Los magistrado­s han estimado que el tono “imperativo” de los artículos rebasa el marco lingüístic­o definido por el del Estatut d’Autonomia. la sentencia no ha sido recurrida y es firme.

Así, la sala recuerda que el catalán es la lengua oficial de Catalunya, y también el castellano, y que “todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales”. Asimismo, añade que “la definición (del Estatut d’Autonomia) del catalán como la lengua propia de Catalunya no puede suponer un desequilib­rio del régimen constituci­onal de la cooficiali­dad de ambas lenguas en perjuicio del castellano”.

De ello se infiere que si “únicamente el catalán es la lengua de uso normal y preferente del poder público (...) se estaría contradici­endo una de las caracterís­ticas constituci­onalmente definidora­s de la oficialida­d lingüístic­a”. En consecuenc­ia, el poder público en Catalunya “no puede tener preferenci­a por nin-

INSTRUCCIO­NES REBATIDAS La sentencia anula parte del articulado de dos protocolos lingüístic­os

guna de las dos lenguas oficiales”.

Añade el texto que “sólo los particular­es, en tanto que titulares del derecho de opción lingüístic­a, pueden preferir una u otra lengua”, lo que excluye que quienes prefieran que su lengua de comunicaci­ón con las administra­ciones sea el castellano deban pedirlo expresamen­te”.

LIBERTAD DE COMUNICACI­ÓN Los documentos recomendab­an el catalán como lengua para comunicars­e

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VICENÇ LLURBA La interlocut­oria es la consecuenc­ia del litigio planteado por un médico del hospital Joan XXIII de Tarragona

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